¿Qué consecuencias fiscales tiene un préstamo de un familiar?

Un familiar me va a dar un préstamo de 15.000 € a título personal para que yo lo invierta en una empresa que he montado. Es necesario hacer contrato y declararlo? Cómo se declara? Cuál es la fiscalidad? Sería la misma fiscalidad si el préstamo es a mi nombre que si es a nombre de la sociedad?

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Los préstamos entre familiares tienen una fiscalidad al 0% en virtud de la Ley de Transmisiones Patrimoniales Onerosos, si bien es necesario declararlo a Hacienda; si en el préstamo interviene una Sociedad, el tipo puede alcanzar el IVA del 21%. Ahora bien, a efectos de no tener problemas con Hacienda sería necesario documentarlo, bien en documento privado, que le puede realizar cualquier abogado, bien en documento público ante Notario, en cuyo caso deberá pagar, además de los gastos notariales, el 1% del importe del préstamo por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado