¿Qué debo hacer ante una multa por alcoholemia?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La mejor opción si no ha habido una notificación personal en regla, es esperar a que le intenten notificar en forma en su domicilio el inicio del procedimiento sancionador. Recibido el aviso de notificación por Correos, es evidente que no se han olvidado de usted y, por lo tanto, puede recoger la notificación en Correos en el plazo que se le de en el aviso (normalmente 7 días naturales) o no recogerla, en cuyo caso se la tendrán que notificar en el Boletín. Una vez notificada y si no hay vicios que puedan hacer viable una impugnación, la mejor opción es pagar con la reducción que se ofrece en el plazo que se le da; si bien, también puede tratar de seguir alargando el asunto con la presentación de alegaciones y, más adelante, de recurso contra la resolución que ponga fin al procedimiento. Pero al final, si no existe una base firma para la impugnación es más que seguro que le saldrá más caro.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que mire si tiene reducción, por pronto pago, puesto que en ese caso, quizás le pudiera dejar el dinero algún familiar y se ahorraría un dinero. Lo segundo, puede recurrir si hay errores de instrucción, pero al recurrir pierde la hipotética bonificación que pudiera tener la multa, y obviamente si no gana el recurso, la multa pasa de periodo voluntario a periodo de apremio y la cuantía se sube más. Lógicamente en caso de ser usted mayor de edad y no tener ningún bien, no podrían embargarle nada.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Recurre siempre, claro que llegan es más aunque te hayas negado a firmarla ya te dan por notificado siempre que hagan constar esa negativa en el acta.
Lo suyo es estudiar el acta y ver los posibles defectos que tenga, después presentar recurso y "provocar" el fallo de la administración.
Además en tu caso si eres estudiante sin ingresos siempre se puede alegar tu insolvencia a efectos de evitar embargos´.
Lo suyo es estudiar el acta y a partir de ahí ofrecerte soluciones que te sean rentables.
Estaremos encantados de ayudarte.
Estimado cliente: Sí, seguramente le llegue. No debe hacer nada hasta que no le llegue notificación de la sanción, una vez le llegue puede o recurrir o pagar con pronto pago con una reducción.