¿Qué debo hacer por embargo por impago de hipoteca?
Estimado cliente: En primer lugar habría que ver si el valor de la casa cubre la deuda por la que se embarga no deberían embargarle más bienes. No obstante, si aún no queda cubierta la deuda podrían seguir embargándole bienes. No creo que la pensión sea lo suficientemente alta como para que se la embarguen; en cambio, la indemnización sí podría ser embargada por lo que le aconsejo que se asesore de un abogado para minimizar los perjuicios que pueda sufrir.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Embargar una pensión tan baja no se puede. Respecto a la indemnización por negligencia médica, si el banco sabe que la va a cobrar y conoce el procedimiento podría hacerlo, aunque no es fácil que lo sepa, salvo que usted se lo contara a alguien del Banco. Cuando gane el procedimiento de la negligencia médica, que son muy difíciles y que nunca se sabe cómo acaban, hable con su abogado que quizás podría darle una solución.
Saludos