¿Qué derechos tengo en materia de estudio en el trabajo?
CW Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos
En primer lugar, es preciso consultar su convenio colectivo por si hubiese alguna disposición que regulara este punto.
Respecto a la asistencia a exámenes se consideran licencias sin sueldo, por lo que no tendrías por qué tener que ponerte de acuerdo con compañeras, salvo que no quisieras perder ese tiempo y, en consecuencia trabajarlo en otro horario y cobrarlo.
En relación con la elección del turno, sí deberían permitírtelo, por lo que solicítalo con antelación por ESCRITO y, en caso de que no te respondan o te contesten de forma negativa, puedes hacer valer tu derecho en la vía judicial, previa la celebración de un acto de conciliación.
Estimada cliente: Entiendo que usted tiene ese derecho, pero también sería necesario estudiar su convenio colectivo con el fin de poder asesorarle. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.
Buenos días,
Habría que saber el Convenio Colectivo de aplicación a su empresa, ya que muchos convenios mejoran las condiciones que estable el Estatuto de los Trabajadores en materia de permisos, elección de turnos, etc... por estudios y asistencia a exámenes.
Si lo desea puede contactar con nosotros para que le realicemos un estudio personalizado de su situación.
www.margisa.com
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Tienen obligación de adaptar tu horario a los estudios.
Puedes pedirlo de forma amistosa o judicial.
Pide justificante en el centro de estudios por si tuvieses cualquier problema.
Estaremos encantados de ampliar información en nuestras oficinas.
Deberá traer contrato y demás documentación que tenga.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, primero habría que ver el convenio colectivo al cual usted pertenece, por si mejora en algún aspecto lo que indica el estatuto de los trabajadores, pero deben darle permiso para los exámenes y tener su turno laboral acorde con sus estudios. Espero que le sirva la respuesta, reciba un cordial saludo.
No se le puede dar un asesoramiento detallado sin conocer el Convenio Colectivo aplicable.
Revíselo y en él podrá encontrar lo regulado en materia de formación de trabajadores y los derechos a permisos retribuidos.