¿Qué es un proceso judicial monitorio?

Hola, he recibido un mail que dice que el cliente de ellos ha realizado la petición de inicio de proceso judicial monitorio debido a una situación de impago que el cliente afirma haber sido creada en contra de sus intereses. Dicha demanda judicial, que ha sido preparada nuestro departamento jurídico, y cuyo contenido no podemos facilitarle por ésta vía al encontrarse al amparo de la LOPD, quedará presentada por nuestro cliente de manera inmediata en citado juzgado junto a los documentos originales y copia que obran en poder de nuestro cliente y con los que afirma acreditar la existencia de una deuda impagada por parte de usted.

¿Alguien me puede informar qué puedo hacer?
¿Qué significa esta clase de juicio?

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Héctor Cabieces Abogado

Héctor Cabieces Abogado

Abogado de Santander especializado en Reclamaciones de Impagados

VER PERFIL
  • 1 voto útil
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Estoy de acuerdo con mi compañero, salvo en el plazo, que son, salvo mejor criterio, 20 días hábiles, para que pague o se oponga, exponiendo las razones por las que no debe ese dinero (o debe menos). Si no se opone ni paga, le embargarán sus bienes; si se opone, tendrá Usted juicio.

Espero haberle sido de ayuda. Puede contactarnos sin compromiso mediante e-mail

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Contestado

Le comunican que dicha empresa, con la que se supone que usted tiene una deuda, le quiere reclamar la misma vía judicial. Solo es una advertencia de que quieren interponer una demanda contra usted,y que suelen utilizar como medida de presión para que usted pague sin tener que ir a juicio, porque depende de la cantidad adeudada no les vale la pena ir a la vía judicial y utilizan este sistema para presionar al deudor.
Si no recibe nada del Juzgado, no le pueden embargar. Una vez reciba una demanda judicial de procedimiento monitorio tiene 20 días para pagar o para oponerse, si no actúa en ese momento si pueden acordar el embargo de sus bienes. Le aconsejamos que en cuanto reciba una notificación judicial si debe de acudir a un abogado.
Estamos a su disposición. Saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Contestado

Buenos días:

Lo primero que debe hacer es averiguar el contenido de la reclamación , para que pueda saber si es real o no. Si es cierta y usted la reconoce, puede intentar negociar una salida extrajudicial, antes de que la demanda esté presentada en el Juzgado. Una vez presentada, usted tendrá 30 días para pagar u oponerse (y seguir negociando en ese plazo una salida a la cuestión). Si usted no hace nada, cuando la demanda ya está en el Juzgado, el proceso no se detendrá (a no ser que se llegue a un acuerdo o desista el acreedor) y se podrá acordar embargo de sus bienes para liquidar la deuda.
De todos modos, también es posible que este mail sea un medio de presión para forzarle al pago y, aún no tengan intención de demandarle (pero ello no se puede saber).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
Contestado

Buenos días,
Efectivamente lo que le están haciendo es advertir que presentaran una demanda de juicio monitorio en la que se le reclamará una deuda existente con la empresa antes mencionada. Si usted no tiene ninguna deuda con ellos debe oponerse a la demanda y se le citará para la celebración de juicio oral en la que deberá contestar nuevamente a la demanda (Es por ello que es aconsejable ir asistido de abogado). En caso que usted no conteste se procederá al embargo de sus bienes hasta que cubra el total de la deuda e intereses. Por todo ello debe informarse bien de la deuda existente, de los documentos que esa empresa tiene, incluso en la argumentación de la demanda, y si no esta de acuerdo contestar cuanto antes, asistido de letrado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
PEDRALBES ABOGADOS

PEDRALBES ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes, es un monitorio, consiste en que si en 30 días no paga o se OPONE se le embargaran los bienes necesarios hasta satisfacer el acreedor, ergo hay que presentar oposición dentro del plazo que marca la ley. Puede enviarnos el escrito y cuanta otra documentación tenga sobre el asunto vía mail o fax y nos encargaremos de responder.
Quedamos a la espera,
PEDRALBES ABOGADOS

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Contestado

Es una carta en la que dice que si no paga , le reclamarán vía juicio monitorio .
El juicio monitorio res un juicio rápido en el que usted O paga o debe oponerse antes de 30 días .Si contacta con nosotros , le daremos una solución . Nuestra primera visita es gratuita .

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYA
Contestado

Buenos días, efectivamente como dicen mis compañeros tiene usted primero que averiguar de qué deuda se trata y si la tiene o no, y a partir de ahí o pagar o bien oponerse. Si quiere mas información puede contactar con el despacho. Gracias

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Asensio & Prats - Abogados

Asensio & Prats - Abogados

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Es una reclamación por impago. usted puede oponerse, pues si no lo hace embargaran bienes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado