¿Qué hago para cobrar la pensión de alimentos si mi abogada de oficio no hace nada?

Seré lo mas breve posible. Hace mas de 4 años solicito una abogada de oficio por un tema de impago parcial de alimentos. Pasa un año (entonces mi ex aún estaba trabajando) y no sé nada del tema. Pasa el tiempo y al continuar la situación sin resolverse, presento una queja en el colegio de abogados quienes me responden que el caso está cerrado. Después de meses de tratar de ponerme en contacto con ella me dice, esto hará un año aproximadamente, que ya se le embargó lo que se pidió, pero no es ni la mitad, porque está cobrando la ayuda familiar. ¿No se podría haber embargado todo? Yo no había cobrado tal embargo. No sé que ocurrió pero lo cobré 8 meses después. La abogada me dice que el caso está cerrado, si quiero reclamar el resto, tengo que volver a solicitarlo de oficio.

En estos 4 años, mi ex ha estado trabajando, ha cobrado un buen despido de unos 12 años de trabajo, ha cobrado el máximo de paro y no se ha hecho nada, y mientras tanto yo tirando de ayudas sociales.

¿Qué alternativas tengo?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si el cobro de la pensión no está al día, lo que tiene que hacer es seguir reclamando en la vía civil o denunciar por un posible delito por impago de la pensión si quien pudiendo pagar no lo ha hecho y siempre que, después de valorar las circunstancias que nadie mejor que usted conoce, se haya decidido por la vía penal contra el padre de sus hijos. Asimismo, puede solicitar el anticipo de pensiones a que puede tener derecho en los supuestos de impago siempre que reúna los requisitos para ello, por lo que le recomendamos que lea la guía publicada en nuestro perfil. Finalmente, hable de nuevo con su abogada de oficio para intentar que continúe el procedimiento que fue abierto y si eso no es posible y se decide por la vía civil vuelva a solicitar justicia gratuita en el Colegio de Abogados más próximo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Deberá solicitar la ampliación de la ejecución en el caso de que el procedimiento esté abierto. En caso de que dicho procedimiento esté cerrado, deberá iniciar nuevo procedimiento de ejecución de títulos judiciales con el fin de poder solicitar el pago de las pensiones de alimentos no abonadas.

Puede ponerse en contacto con nosotros en el botón verde situado más abajo.
Un saludo.

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María Vidal

María Vidal

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil

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Buenos días,

Solamente tienes la alternativa de ejecutar la sentencia donde se reconocer el derecho a la pensión de alimentos, reclamándole esos años que te debe con intereses de demora y demás. Si no es insolvente (cosa que debería demostrar) se le embargará el dinero que te debe y podrás ir cobrándolo.

Para más información puedes contactar conmigo en el botón verde de más abajo.

Un saludo

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ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

Abogado de Inca especializado en Derecho Penal

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Hola, buenas tardes.
Pienso que si no ha cobrado todo el dinero establecido en el Auto de la Ejecución de Títulos Judiciales, se tiene que presentar un escrito por parte de su abogada, solicitando el desarchivo de las actuaciones, y argumentar los cobros realizados y que por el resto, se solicita de nuevo el embargo.
Yo lo haría así con la misma abogada de oficio.
UN ABRAZO

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