¿Qué hago si recurre una sentencia?
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
Mientras la sentencia no quedase firme, cabe el derecho de la persona condenada a recurrir, mediante el recurso de apelación, que es penal como su juicio inicial. Tendrá que esperar a que resuelva el Tribunal para ver en que términos queda la primera sentencia, si la confirma o modifica en algún término o incluso la revoca, cabe las tres posibilidades. Saludos
Abogado divorcios Córdoba - Pilar González Cuevas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Penal
Su pregunta no está muy clara, ya que un Juicio de Faltas -actualmente no existen- ya es un procedimiento penal. El recurso será visto por la Audiencia en apelaciòn y hasta entonces la sentencia no será firme, por lo que deberá esperar a que lo sea. Supongo que Vd. no habrá hecho uso de su derecho a impugnar el recurso.
Saludos.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
El procedimiento que usted tuvo es penal y por tanto la apelación también lo es. El denunciado tiene derecho (al igual que usted) de recurrir la sentencia, de manera que la multa o la indemnización que se le impuso en la primera sentencia se queda en suspenso hasta que se dicte la sentencia de apelación
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Lo mandan por lo penal por que las denuncias forman parte de la jurisdicción penal. Si la otra parte ha recurrido tendrá que esperar a la resolución de la Audiencia Provincial.