¿Qué ocurre con el domicilio si nos separamos?
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes:
En principio no tiene porqué abandonar el domicilio familiar si a usted no le interesa, ya que lo normal es que cualquier Juez acuerde su permanencia y la de la menor en el mismo.
Aunque no estén casados, existe obligación, como padre de la menor de proporcionarle alimentos por lo que, en el supuesto de no acceder de mutuo acuerdo a fijar una pensión, debería interponer un procedimiento judicial al efecto.
ABOGADO ACCIDENTES DE TRAFICO VITORIA González y Jauregui Abogados y Asesores
Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil General
Buenos días. Primeramente sería imprescindible determinar cómo está formalizada la paternidad legal del padre no biológico. El no estar casados no es impedimento alguno para regularizar su situación, ya que para ello existe un procedimiento llamado "medidas en relación a hijos". En caso de que estuviera reconocida oficialmente a todos los efectos como hija suya, habría que instar ese procedimiento a fin de determinar, al amparo de la ley, las medidas que van a regir las relaciones de ambos progenitores con la menor, así como el establecimiento de una pensión de alimentos para ella, o forma de afrontar los gastos que la menor genere. En casos como el suyo, lo más adecuado es intentar alcanzar un acuerdo a fin de evitar procedimientos judiciales. Una vez firmado el acuerdo, éste hay que presentarlo en el juzgado a fin de que un Juez le de el visto bueno. Intente hablar con él sobre el tema proponiéndole la vía del acuerdo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe de concertar los servicios de un abogado a fin de que estudie su caso y le proponga las posibles soluciones. Lo habitual es que dada la edad y circunstancias que plantea, el uso de la vivienda se adjudique a la hija de la pareja, además de que el padre haya de pasar una pensión alimenticia para la menor, quedamos a su disposición por si precisa de nuestros servicios, un
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Abogado de Marbella especializado en Derecho de Familia
Estimada:
Habría que intentar llegar a un acuerdo donde se fijen clausulas de guarda y custodia, alimentos, régimen de visitas y el domicilio en beneficio del menor.
Lo pueden hacer por una mediación en forma voluntaria o judicial.
Nuestro despacho cuenta con profesionales en mediación y derecho familiar.
Puede contactarnos sin compromiso.
Esperamos haber evacuado sus dudas.
Saludos
Deberán regular su nueva situación personal mediante el correspondiente procedimiento judicial de adopción de medidas paterno filiales, que podrán tramitar bien de mutuo acuerdo o, en su defecto, de manera contenciosa. Hasta entonces, y si no lo desea, no tiene porqué abandonar el actual domicilio familiar.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Demanda de adopción de medidas paterno filiales, yo le recomendaría que trataran de hacerlo de mutuo acuerdo pues es mucho más rápido y más económico.
Me tienes que aclarar lo de padre legal.