Quebrantamiento de condena
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Hola, leed bien el escrito que habéis recibido pues normalmente especifican que se debe de personar en el plazo de 10 días o similar.
Leed bien la carta o se lo preguntáis al abogado que le asistió.
Un saludo y gracias.
Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados
Gestiones Gonzalo
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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Normalmente se indica el plazo de ingreso voluntario. No obstante, consulten con el abogado que llevó el procedimiento penal del que resulta dicha condena.
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