¿Quíén se hace cargo de los costes de demandar a la comunidad de propietarios?

Propietario de setenta años demanda a la comunidad por negarse a la instalación ascensor edificio de cinco pisos, diez propietarios, tres de ellos de acuerdo con el demandante.

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ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

Abogado de Inca especializado en Derecho Penal

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Apreciados Sres., buenas tardes.
Cuando el Juez dicte Sentencia se pronunciará sobre el asunto de las costas judiciales, y no duden, que les interpondrá las costas a los litigantes vencidos en virtud de lo establecido en el art. 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Tendría que verse cuál es la razón por la que salió a votación la instalación de un ascensor, pero en todo caso ya les adelanto de que es una mejora importante para el edificio, y que hoy en día es casi imprescindible, pues como van a subir los vecinos del 5º piso cada día a pie?
Les recuerdo que el Juez Magistrado que resuelva el asunto analizará si se trata de ornato, comodidad o necesidad, de la misma forma que si el mismo tuviera que subir 5 pisos cada vez que baja a la calle.
A buen seguro de que los que se oponen a la instalación viven en los pisos más bajos, y no se justifica la negativa por el alto importe de la derrama. Se tiene que hacer un buen programa de pagos y nada más, y su vivienda adquirirá valor, pues un 1 o 2º piso tendrán más valor y por supuesto, la genta mayor del edificio tendrá un mayor bienestar.
Se tiene que pensar un poco con los otros, solidaridad, y esto es lo que hará quien resuelva, y si su negativa a la instalación del mismo llega a considerarse infundada, les impondrán las costas del proceso.
Si en algo me precisan, no duden en contactar conmigo.
UN ABRAZO, SALUD Y SUERTE.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Las costas serán para la Comunidad si pierde el pleito y le son impuestas en la sentencia. Y si eso pasa tiene que controlar que sean pagadas por todos los propietarios menos por usted, no sea que la Comunidad pretenda que pague también los gastos judiciales en función de su cuota.

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El coste corresponde a todos los propietarios hasta el importe de doce mensualidades de las cuotas comunitarias, una vez deducidas las subvenciones si las hay. El resto habrán de abonarlo los vecinos o propietarios que hayan requerido las obras del ascensor.

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Abogado Bancario Santander ROSA JUAREZ ABOGADOS
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Dependerá del resultado de la Sentencia, si ha sido estimatoria para el demandante con costas, lo tendrá que abonar la parte demandada.
No se puede dar un respuesta generalizada sin estudiar cada asunto en concreto.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Lo pagan los vecino hasta un mínimo.
Si el demandante puede alegar movilidad reducida por su edad tiene muchas opciones.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Al no querer la mayoría de propietarios del inmueble realizar dicha instalación, no la demanda no tiene mucho futuro.

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