Quiero enviar a la cárcel el papá de mi hijo
Abogado divorcios Córdoba - Pilar González Cuevas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Penal
Buenas tardes:
Por los datos que ha facilitado entiendo que existe un título judicial por el que el progenitor no custodio está obligado al pago de una pensión de alimentos así como al cincuenta por ciento de los gastos extraordinarios. En lo que se refiere a la pensión alimenticia, el incumplimiento de dicha obligación le faculta para que pueda acudir ante el mismo Tribunal que dictó la sentencia y solicitar la ejecución de dicho título judicial por las mensualidades vencidas no satisfechas. Igualmente, este incumplimiento durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos está previsto como delito de abandono de familia ( modalidad de impago de pensiones) en el artículo 227 del Código Penal.
Estamos a su entera disposición para el estudio del asunto y actuar conforme a su derecho convenga. Reciba un cordial saludo.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Le recomiendo que solicite judicialmente las medidas respecto de su hijo menor por vía judicial y ello con el fin de fijar una pensión alimenticia para el menor que en caso de que no pague puede solicitarse la ejecución con embargo de los bienes de la parte contraria.
En caso de que tenga sentencia judicial que fije dichas medidas, puede solicitar abogado para ejecutar la sentencia. En caso de que el incumplimiento sea reiterado y se haya fijado en sentencia lo que tiene que pagar, puede denunciar los hechos ante el Juzgado de Guardia