Quisiera saber si puedo elegir a mis clientes en función de su rango de edad. ¿Es decir, ¿yo puedo vender casas a unos clientes que estén en un rango de edad entre los 55 y 70 años?

La idea es vender casas unifamiliares a personas en ese rango de edad pero desconozco si estoy cometiendo alguna ilegalidad al discriminar a personas que no estén en ese rango de edad por discriminación. Si fuera así, habría alguna forma de hacerlo como montar un club y tener un requisitos para ese club entre los que se encuentre ese rango de edad
Gracias

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Abogado Civil Vélez-Málaga MATEOS ABOGADOS
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Como ya le ha comentado el compañero de Bilbao no hay ley que permita o prohibida el vender viviendas a un determinado tipo de personas, pero me supongo que su idea es restringir de alguna forma el acceso a esas viviendas a chavales de 40 años, ya sea bien, por comprar la promotora o por compra en las ulteriores trasmisiones y ello no puede ser nada más que con prohibiciones o limitaciones en las facultades de disponer.
Un saludo y quedó su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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No hay ninguna Ley que establezca que se tiene que vender un bien a unas determinadas personas o que, por el contrario, prohiban venderlas a determinado tipo de cliente.

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