Reconocimiento de deuda impagada
ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenos días,
Si el reconocimiento de deuda lo tiene Ud y Ud no abona las cantidades acordadas el acreedor puede instar una ejecución de dicho reconocimiento de deuda y solicitar al Juzgado que le embarguen las cantidades estipuladas. Así mismo, Ud puede refinanciar la deuda. Si ya tiene un embargo dependiendo de lo que cobre no le embargaran más. Respecto a la empresa que dice, dependiendo de la forma jurídica de la empresa Ud puede eliminar la deuda. Ante todo habría que estudiar su caso detallado. Si lo desea puede contactar conmigo y espero haberle ayudado. Saludos cordiales. Att.Marc-Abogado
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenas tardes,
Como dice el compañero, habrá que intentar pactar con los acreedores.
Un saludo