Recuperar la vivienda por necesidad propia ¿cuánto tiempo debo ocuparla antes de poder vender o alquilar nuevamente?

Una vez recuperada la vivienda por necesidad propia, según he entendido, el antiguo inquilino te puede denunciar si no la has ocupado en tres meses.

Mi duda es ¿cuánto tiempo la debo ocupar hasta que pueda venderla o alquilarla de nuevo? Sin que este pueda emprender acciones legales contra mí.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Buenos días,

Debe ocuparla por el tiempo que habría restado de contrato.

Un saludo,
Sergio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
  • 1 voto útil
Contestado

Estimado:
Si transcurrido tres meses desde el desalojo y que no hubiera sido habitada por el arrendador o sus familiares, determinados por ley, el arrendatario en un plazo de treinta días podrá interponer demanda para recuperar el uso y una indemnización por los gastos ocasionados.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Estimado cliente: Si pasan tres meses sin que ocupe la vivienda el anterior inquilino podrá interponer demanda para recuperar el uso de la misma.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado