Recuperar plusvalía herencia propiedad
Buenos Dias,
La plusvalia se tiene que pagar por parte del heredero del bien aceptado en una herencia en el municipio donde radique el merecido bien inmueble.
Si el bien aceptado tiene un valor inferior o igual al que costó en su día, se podría reclamar la devolución de la plusvalia, con un plazo de 4 años después del pago de la plusvalia, pero tenga en cuenta que el valor aceptado debe de ser el valor de mercado del bien en el momento del fallecimiento, y no el valor aceptado (que puede ser inferior al valor de mercado), porque una cosa es el valor mínimo de venta y otra cosa es el valor de mercado del bien aceptado.
Se tendría que estudiar mejor el caso, para poderle guiar adecuadamente.
Espero su contacto
Gracias
Daniel Santos
Abogado
Abogado sucesiones Barcelona - Picón Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, efectivamente el municipio liquida la plusvalía de la vivienda en la herencia pero si el bien es la vivienda que constituye el domicilio habitual se puede solicitar una bonificación del 95 % de la cuota resultante. Otra cosa es que habitualmente los municipios liquidan la plusvalia sin tener en cuenta el valor real o de mercado del bien inmueble; , y si el bien ha sufrido una disminución de su valor desde que se adquirió. La reciente sentencia sobre la plusvalía se refiere a este supuesto. Cualquier aclaración estaríamos encantados en atenderle. Pere Picón Navarro Abogado
Buenos días
En relación a su consulta, se está planteando cada vez más la devolución dado que el Ayuntamiento aplica unos coeficientes automáticos, mientras que lo que ha dicho el Constitucional es que si no hay aumento de valor se puede solicitar la devolución, lo que recomiendo que hagan. Yo presentaría instancia y si se deniega, recurso de reposición y contencioso-administrativo.
Nuestras tarifas incluyen un fijo y un porcentaje en función de si se logra recuperar.
Saludos
Ignacio Tomás
Abogado