Régimen de visita para los abuelos y modificación del existente con mi ex.

Soy inglesa. Vivía, me casé y me divorció en España. Ya vivo con mi hija en el reino unido. El padre de mi hija es español tiene un régimen de visitad a verla durante las vacaciones de verano, navidad y semana santa pero debido a su trabajo nunca esta en España. La niña sin embargo usualmente pasa las vacaciones con sus abuelos por parte de el. Pero ahora que tiene 12 ella esta negando a embarcarse al avión. Dice que no va. No quiere ir. Principalmente porque no la respectan con su forma de vestir y comer (hemos convertidos a ser musulmanes). Claro, esta es un tema delicado y no se cual es me posición si ella niegue a ir. Todavía no hay régimen de visita de los abuelos, pero falta poco para conseguir uno. El los últimos vacaciones Le estaban diciendo a la niña que estoy enferma, que soy una mentirosa y con gritos quitando y escondiendo desde su cabeza con la amenaza que no va a salir la casa de ellos con la puesta. En una ocasión dijeron que ella no es musulmana, es cristiana y puede ser musulmana en Inglaterra pero en esa casa es cristiana.

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Lo importante siempre es el beneficio de la menor y ese interés es el que tiene que ser atendido. Evidentemente que beneficia a su hija tener contacto con sus abuelos, pero no se la puede obligar a ir donde no quiere y debe primar la fuerza de la razón y no la razón de la fuerza, ya que al final si la menor se ve forzada a ir donde no desea se convertirá en traumático algo beneficioso para ella. Ahora bien, tampoco debe prevalecer el capricho o la comodidad suya o de la menor, ya que relacionarse con sus abuelos y con otras formas de ver la vida es algo que siempre la puede enriquecer. Por ello, lo recomendable es que hable con el padre, incluso con los abuelos, para que traten de entender esa nueva situación y que traten de alcanzar una solución entre todos. Al final, si no hay acuerdo, es inexorable la distancia, las dificultades de ejecución de cualquier resolución que pueda ser dictada y el tiempo, ya que la menor con el paso de los años acabará decidiendo con quien está o no.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Si su hija está residiendo en Reino Unido, todo lo que se acuerde respecto a ella, será competencia de Reino Unido, es decir, no va a hacer nada España. Si existe una sentencia española, se podría ejecutar, pero de poco sirve cuando usted está en otro país, y no le va a acarrear ningún problema.

Con 12 años de edad, lo primordial es escuchar a la menor, y el régimen de visitas del padre es para que estén juntos, no para los abuelos, que en España pueden tener visitas, pero muy limitadas.

Me gustaría saber cómo está regulado actualmente el régimen de visitas, para poder asesorarle.

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