Régimen de visitas para una hija

La expareja de mi hijo le ha presentado una demanda de relaciones paterno-filiales para que tenga un régimen de visitas con su hija de dos años y medio el no se niega pero la única condición que pide es que a la hora de recogidas y entregas nos ponga que nosotros sus padres de él podamos recogerla y entregarla cuando él no pueda estar a la hora estipulada por motivos laborales pues a veces el horario de trabajo se lo impida pero eso no le haga cumplir las obligaciones como padre eso es normal ella puede negarse? ¿Qué ha de hacer entonces?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Lo que Vd. plantea está dentro de la negociación que ha de haber entre las partes para regular el mejor régimen de visitas. Si esa persona, por sus horarios laborales, no va a poder acudir a recoger a la hija cuando le corresponda, parece razonable que designe a un familiar que le sustituya. Su hija puede negarse, por supuesto, pero tiene que ponderar la razonabilidad de la propuesta y lo que sea mejor en aras del bienestar de la menor.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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María Puente Mingo

María Puente Mingo

Abogado de Algeciras especializado en Derecho Civil

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Sí pueden recogerla los abuelos salvo que la madre presente un motivo muy justificado que el juez estime como causa suficiente para privar a los abuelos de sus relaciones con los nietos.
El hecho de que los abuelos recojan a la niña cuando el padre esté trabajando puede preverse en el convenio regulador.
Si precisa más información, estaremos encantados de atenderle en nuestro despacho.

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YOLANDA SABORIDO MANZANO

Abogado de Arcos de la Frontera especializado en Derecho Civil

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Ella puede negarse pero para que un juez acuerde que solo el padre sea el que puede recoger o entregar al menor , ella tendrá que justificar los motivos para ello. Es decir probar que sus abuelos(Uds) no pueden encargarse de ello, son perjudiciales para la menor, etc.
Si no no hay motivo que impida que los abuelos puedan entregar y recoger al menor

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