Régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados al territorio español e indemnización por despido

He estado en el Régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados al territorio español desde hace 4 años y recientemente fui despedido de la empresa. La empresa dice que por estar en ese régimen corresponde aplicar una retención de 24% sobre la indemnización por despido. ¿Esto es correcto?

Por otro lado, ahora que ya estoy desvinculado del trabajo que dio origen a la posibilidad de optar por el Régimen especial, ¿qué trámite tendría que hacer ante Agencia Tributaria?

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Avin Abogados

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Buenas tardes,
Sin tener más detalles de su situación, hasta ahora usted se ha beneficiado del citado régimen especial, y cuando deje de cumplir los requisitos legalmente establecidos para beneficiarse de su aplicación, se le aplicará el régimen general de IRPF.
Además, efectivamente hay que comunicarlo a la Administración.

No obstante sería necesario mantener una reunión para conocer su situación y para poder asesorarle a favor de sus intereses.

Quedamos a su disposición en AVIN Abogados.
Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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