Reparto gastos mejora y supresión barreras en portal comunitario, por reparto proporcional entre vecinos o por coeficiente estipulado vivienda.
Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas
Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda
¿Cómo se aprobó el reparto de gastos en laJunta General de Propietarios en la que se aprobó tanto la obra como la derrama?
Le recomiendo que revise el acta de la reunión y compruebe si tanto las obras como los pagos se han hecho conforme a lo aprobado.
En cuanto a la forma de reparto de los gastos de este tipo de obras no conozco que se establezca un modo específico de hacerlo. A menos que en la reunión por la que le pregunto hayan acordado un modo distinto (que podrían haberlo hecho y sería perfectamente válido) los gastos se reparten del modo que indica el régimen de propiedad horizontal de la finca.
Si usted no estuvo en la reunión en la que se aprobaron las obras y la derrama, ó estando votó en contra, tiene un año para intentar impugnar judicialmente el acuerdo, por considerarlo lesivo a sus intereses ó a los de la Comunidad.
Abogado incapacidades Vigo - Carlos Sánchez Rodríguez
Abogado de Vigo especializado en Invalidez
Buenas tardes,
La ley de Propiedad Horizontal en su artículo 10 establece un límite a la obligación máxima que los vecinos deben afrontar e indica que se puede establecer la distribución de esos gastos como se decida en junta de propietarios. Desde luego no se establecen en dicho artículo reglas diferentes de distribución de gastos, lo que nos deja a lo establecido en la ley y la escritura de división horizontal.
Debería revisar la escritura de constitución de la propiedad horizontal por si establece algo al respecto distinto de la generalidad de la ley, y si después de eso sigue discrepando del gestor de fincas, acudir a un profesional.
Un saludo.