Separación con hija sin estar casados
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes,
Lo que usted plantea es viable de obtener en una demanda, pero no es fácil.
Depende del juzgado en el que caiga y de lo que piense en juez, es triste pero es así, algunos son muy amigos de la custodia compartida, otros no tanto. También estará muy supeditado a lo que arroje el informe psico-social sobre cuál régimen es más conveniente para la menor.
Lo que si es importante que tenga en cuenta es que el hecho de que se de una custodia compartida no implica que su ex pareja no tenga que pagarle una pensión de la alimentos a la niña. Obviamente hay una diferencia salarial muy grande y eso se tiene en cuenta.
Otro asunto es el dinero que usted dio para el piso, porque ese puede ser un crédito a su favor.
Dicho todo lo anterior, le recomendamos que intente por todos los medios hacerlo de mutuo acuerdo, no es fácil y tendrá que llenarse de paciencia pero luego es mucho mejor. Estas peleas terminan mal, no llevan a nada bueno.
Si desea podemos asesorarle en todo el proceso.
Reciba nuestro saludo más cordial.
Atentamente.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
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Buenas tardes, dado que no están casados lo que convendría es un Convenio Regulador de Alimentos y Visitas, respecto de la hija menor de ambos; y caso de no poder realizarlo es demanda de Alimentos y Visitas, respecto de la hija menor de ambos; en este caso, tal y como usted desea podría solicitar la guarda y custodia de la hija, dada a edad de la menor; y en ese caso la vivienda familiar -aún siendo propiedad del padre- se adjudicaría a la persona que conviva con la hija, que sería usted; las demás condiciones habría que, bien convenirlas o bien establecer todas las circunstancias que ha señalado, y en base a las mismas, realizar las peticiones: Hay que tener en consideración que al ser la hija menor, interviene en el procedimiento judicial (bien sea de mutuo acuerdo o contencioso) el Ministerio Fiscal. No obstante convendría estudiar muy detenidamente todo el asunto, para lo cual tiene mi despacho a su disposición.
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Buenas tardes,
Debido al horario laboral del padre para el ejercicio de una custodia compartida sería muy difícil ,por no decir imposible.
Además, para establecer la custodia compartida hay que atender a otras circunstancias, como la buena relación de los padres, cercanía de domicilios, edad de la menor así como tener en cuenta como cada uno ha cuidado de la menor hasta entonces.
Con la información que facilita, lo que plantea sería correcto, salvo en lo relativo a: i) establecer un régimen de visitas a favor del padre abierto y ii) como quieren repartirse el uso de los inmuebles principalmente.
Para ayudarla mejor, le proponemos mantener una reunión, con mayor detalle y sin compromiso por su parte y estudiar cómo mejorar su situación en beneficio de usted y de su hija.
Un saludo
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenas tardes, dado que no están casados lo que convendría es un Convenio Regulador de Alimentos y Visitas, respecto de la hija menor de ambos; y caso de no poder realizarlo es demanda de Alimentos y Visitas, respecto de la hija menor de ambos; en este caso, tal y como usted desea podría solicitar la guarda y custodia de la hija, dada a edad de la menor; y en ese caso la vivienda familiar -aún siendo propiedad del padre- se adjudicaría a la persona que conviva con la hija, que sería usted; las demás condiciones habría que, bien convenirlas o bien establecer todas las circunstancias que ha señalado, y en base a las mismas, realizar las peticiones: Hay que tener en consideración que al ser la hija menor, interviene en el procedimiento judicial (bien sea de mutuo acuerdo o contencioso) el Ministerio Fiscal. No obstante convendría estudiar muy detenidamente todo el asunto, para lo cual tiene mi despacho a su disposición.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
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buenos días: Si existe un acuerdo entre los progenitores, perfecto, porque se plasmaria en un convenio regulador, que el juzgado aprobaría a través del procedimiento correspondiente. ahora bien, si no existe acuerdo entre ustedes, debe pedir en el juzgado la guarda y custodia de la menor, la vivienda familiar para la menor y el progenitor aque se quede con la guarda y custodia y una pension de alimentos. La guarda y custodia aún cuando es el regimen deseable en instancias superiores, no siempre se concede por muchas razones: domicilios distintos, relaciones entre los progenitores, distancia del colegio, horario del padre etc. Puede valaorar la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
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Buenos días, Vds. pueden acordar lo que deseen siempre que no superen determinados limites en cuanto a las obligaciones paterno filiales con su hija.
En caso de que no exista acuerdo y sea Vd. la que tenga la guardia y custodia de la hija en común, tendría el uso y disfrute de la vivienda familiar además de una pensión de alimentos para la niña, cosa que probablemente obtendría en resolución judicial porque su hija es muy pequeña y no creo que el juzgador diera una custodia compartida en un caso así. En cualquier caso debe legalizar la situación con un convenio regulador, eso le dará seguridad y claridad en su relación con el padre de su hija.
Saludos.
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Como le aconsejan lo mejor es llegar a un mutuo acuerdo, pero si no es posible un buen argumento para que le concedan la custodia compartida además de la edad de la hija, es el hecho que el padre por el horario no puede cuidarla y además por motivos de trabaja viaja, sin embargo, usted tiene disponibilidad horaria para ello, hecho que se ha producido durante toda la convivencia por lo que usted relata.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Al no estar casados hay un procedimiento específico para estos casos.
Demanda de medidas paternofiliales.
Lo que plantea es viable pero habrá que pelearlo. También es necesario ver escritura de los inmuebles.
Quedamos a su disposición.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Ya se ha respondido anteriormente.