Si hay testamento... ¿Hay que hacer declaraciones de herederos?

Para cambiar la escritura.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de familia Cádiz - Ángeles Chacón Payes
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Buenos días: Si hay testamento vigente, no hay que hacer declaración de heredero pero sí hacer la partición de herencia, en la que se adjudicarán los bienes del fallecido entre todos los herederos. Para poder poner una vivienda u otro bien a nombre de los herederos es necesario hacer este trámite, además de que tiene 6 meses desde la fecha del fallecimiento para presentar el impuesto de sucesiones.
Si le interesa, en nuestro despacho estamos especializados en la gestión total de trámites para efectuarlo, desde la partición de herencia en notaría hasta la liquidación de todos los impuestos y presentación en registro de la propiedad si es necesario. Póngase en contacto con nuestro despacho y le daremos presupuesto ajustado a sus necesidades.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO INMOBILIARIO GRANADA - GVA-INMOSERVICIOS
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Lo habitual es que los herederos estén designados en el testamento y, en consecuencia, no procede la declaración abintestato. Excepcionalmente hay testamentos sin designación de herederos o con omisión de legitimarios, supuestos en los que, en algún caso, podría ser necesaria la declaración de herederos.

Saludos.

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ABOGADO DIVORCIO JEREZ DE LA FRONTERA - Arocha Abogada
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Buenos días,

Por supuesto que no, si ya está hecho el testamento no hay que hacer declaraciones de herederos.

Cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Atentamente,

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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NO hay que hacer testamento, pero si aceptación y adjudicación de herencia.

Un saludo.

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