Si tenog un certificado de estar al corriente de pago ¿figura como deuda?
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Abogado de Marbella especializado en Derecho de Familia
Buenos dias , previamente debe solicitar un aplazamiento en las oficinas de la Seguridad Social junto a un documento de reconocimiento de la deuda y que permite pagar las deudas contraidas con la misma. Desde el momento que se le conceda el aplazamiento tendran la consideración de estar al corriente de sus obligaciones con la S. Social. Debe tener en cuenta que las cuotas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales y la aportación de los asalariados (cuota obrera), no son suceptibles de aplazamiento y el ingreso será obligatorio.
Un cordial saludo.
Buenas tardes:
Si obtiene un aplazamiento de la Seguridad Social, en las condiciones necesarias para ello -pago de los importes inaplazables y garantía por la cantidad aplazada-, mientras cumpla con las condiciones del aplazamiento, podrá obtener certificado de estar al corriente para poder trabajar como subcontratista, s.e.u.o.
Saludos,
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Si usted consigue un aplazamiento de las deudas y cumple con dicho compromiso, en principio considero que no debería, presuntamente, existir problema para la emisión del certificado de estar al corriente con las deudas,
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