Si una persona está trabajando en la barra de un bar y un cliente le insulta ¿puede denunciarlo por insultos?

Un cliente que ocasionalmente entra en un bar suele mostrarse agresivo con los camareros y suele además dirigirles insultos.

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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De acuerdo con el criterio de los compañeros que me han precedido, se trata de un ilícito civil en la actualidad, por lo que procede reclamar vía indemnización del daño moral; para "pararle los pies" puede ser útil la celebración de un acto de conciliación que no supone coste y deja bajo la fe pública, constancia de su reclamación y la posibilidad de un acuerdo económico o su perdón si se compromete a no volver a hacerlo. Quedamos a su disposisicón, saludos cordiales. www.abogadodigital.es

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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El Código Penal sólo recoge como delitos aquellas injurias que socialmente sean consideradas graves. La despenalización de las faltas ha dejado estas conductas impunes, por lo que sólo podremos actuar desde el punto de vista del daño moral causado y del perjuicio económico que nos irroga. Para ello, es preciso reunir pruebas que pueden obtenerse llamando a la Policía y recabando testimonio de las personas que hayan presenciado los hechos.

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ABOGADO SOCIETARIO BILBAO - ESTRATEGIAS Y CONSEJOS
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Estimado Consultante

Lo primero que le querría preguntar es si hay testigos del incidente si es aí naturalmente cabrá la denuncia sin perjuicio del recorrida que tenga. Por otro lado hay otros aspectos adicionales a valorar pero cuando me conteste, lo puede hacer via mail, me pongo en contacto con usted, además voy semanalmente a Durango, y lo intentamos encauzar.

Saludos

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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El Código Penal en su actual redacción no castiga dichos insultos esporádicos como faltas al haberse despenalizado. Por tanto, los mismos solo pueden ser objeto de demandas civiles por daño moral en cuyo caso deberán probar los hechos y el daño o perjuicio económico que ello les causa.

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Abogado agresiones Bilbao Vigiola Abogadas
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Buenas tardes,

Los insultos o vejaciones leves, como los relatados, con la reforma del Código Penal no están castigados penalmente; puede reclamar indemnización por daños y perjuicios por la vía civil.
Un saludo.

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