Solicitud de revisión

Hace 8 años que me divorcié y le pensión me la pasa desde aproximadamente 6 años 211€ mensuales. Aparte de la pensión no paga ningún gasto más, ni ropa ni ninguna extra escolar etc. Él trabaja en el mismo sitio y casado de nuevo pero sin más hijos. Me gustaría saber por donde tengo que empezar para revisar la pensión si es correcta o no. Por cierto mi hijo tiene 15 años. Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenos días,

Hay dos formas de plantear la revisión, pero para considerar todo lo que comenta es necesario ver la sentencia y los conceptos que engloba como pensión ordinaria y gastos extraordinarios.

Se puede revisar respecto ala cantidad , viendo y analizando los gastos del menor cuando se dictó la sentencia y ahora, así como la situación económica del progenitor.
Y se puede revisar respecto a la actualización anual de las pensiones, teniendo en cuenta las actualizaciones confirme al índice de precios al consumo.

También hay que tener en cuenta la prescripción.

Como ve, todos los conceptos hacen que lo mejor es que le revise el tema un profesional de su confianza y le indique, qué puede reclamar.

Quedo a su disposición por si deseara realizar una consulta más depurada.

Cordialmente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
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Buenos días:

Si la pensión es la que se fijó en el divorcio, es correcta, siempre que se haya hecho el incremento por IPC que se suele introducir para que la pensión se vaya actualizando con los años. Otra cuestión que debe ver es si la sentencia obliga a su ex marido a cubrir otros gastos del menor, aparte de la pensión.
Para revisar la pensión, debe haberse producido algún cambio sustancial respecto a los hechos que se tuvieron en cuenta cuando quedó fijada en esa cantidad. Obtener un aumento en la pensión, si todo sigue igual, no suele concederse. Ello sería la regla general. Para concretarla en su tema particular, debería verse la sentencia judicial y hacer una comparativa entre la situación que se tuvo en cuenta en aquél momento y la actual.

Quedo a su disposición,

Abogada

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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La pensión es correcta si se fijó así, pero si hay algún cambio sustancial, como es que usted se haya quedado en paro, que su hijo necesite más manutención porque vaya a un colegio de pago, etc, hay que solicitar más.

Los gastos extraordinarios son los que deriven de enfermedades, o educación (clases de apoyo por ejemplo), y las actividades extra escolares lo son si están de acuerdo ambos progenitores. La ropa no es un gasto extraordinario.

La pensión se ha de actualizar anualmente según el incremento del IPC, pero desde hace dos años viene siendo negativo o muy bajo, y si es negativo, no se reduce la pensión.

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Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
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La revisión de la pensión sólo se puede dar si se da una modificación sustancial de las circunstancias. Lo que no acaba de dejar muy claro es si sobre esos 211 euros mensuales que le paga, se le ha aplicado cada año la actualización con el IPC, que eso sí que es obligatorio hacerlo; si no se la hubiera actualizado se puede reclamar mediante una demanda de ejecución. Si necesita aclarar alguna cosa más, puede contactar con este despacho profesional.

Un saludo

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días

Para pedir una revisión de la pensión tiene que haber algún cambio, o haber aumentado las necesidades del hijo, o pasar más tiempo con usted, o usted estar en peor situación, o su ex en mejor. Si está en alguno de esos casos, entonces se puede y debe pedir una revisión. Yo si desea una primera visita sin coste para orientar a la vista del caso concreto, estoy a su disposición.

Saludos.

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