Solicitud reducción de medidas manutención

Hola buenos días,

Mi pregunta es la siguiente: Hace ya unos meses, desde septiembre de 2015 me asignaron abogado de oficio para poder hacer la reducción de medidas respecto a la manutencion de mis hijos. Llevo sin trabajo desde el 2012 y en agosto de este año se me acaba la ayuda. Hasta el momento, aunque cobro tan solo 400 euros y le paso 300 estoy pagando.
Mi pregunta es ¿ si me reducen la manutención antes de que se me acabe la ayuda, luego tendré que volver a solicitar de nuevo en el caso de no encontrar trabajo? y otra pregunta¿ en un futuro tendré que devolver la cuantía?

Gracias

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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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En su caso, la demanda sobre modificación de medidas de la pensión de alimentos la habrá de enfocar para reducirla conforme a los ingresos vigentes de usted y las necesidades de sus hijos en el momento de su redacción.

Ahora bien, dado que en su caso se ha producido una alteración sustancial de las circunstancias en su día tenidas en cuenta, y de que sus ingresos son casi nulos, existe jurisprudencia al respecto que han fijado para casos de padres sin recursos económicos donde se ha suspendido la obligación de pago de la pensión de alimentos, o se ha reducido a 75 €/mes por hijo, pese a que la regla general es establecer una pensión de alimentos mínima para cada hijo de unos 150 €/mes.

De modo que, dado que es un hecho previsible el suyo de que el subsidio de 400 €/mes se le acabará en X fecha, cabría pedir la suspensión de la pensión, y para el caso de que volviera a percibir dicha cantidad, establecer la pensión en unos 75 € por hijo, sin perjuicio de establecerse una cláusula por la que se contemple que si encontrare un trabajo se estableciera la pensión de 150 €/mes por hijo.

Ante cualquier cambio, lo que procede es promover una demanda de modificación de medidas para adaptarlas a las nuevas circunstancias. En caso de que le estimen la reducción, no tendría que devolver las cantidades en un futuro. En su caso, si lleva sin trabajo desde 2012, estimo que debería haber entablado la demanda de modificación mucho antes. Suerte.
Para más información, quedamos a su disposición.

Un cordial saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Alfonso Gisbert Granados

Abogado de Alcoy/Alcoi

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En mi opinión difícilmente podrá usted obtener una reducción sensible aunque sea esa su situación, aunque es importante saber las circunstancias que concurran, como la situación del ex cónyuge y otras que el Juez pueda valorar.
Respecto a la primera pregunta, debería plantearse en la misma demanda dicha cuestión, además, lamentablemente conforme funcionan los juzgados es probable que el día que tenga que hacerse la vista, usted ya no esté cobrando el subsidio.
Y respecto a la segunda cuestión, entiendo que pregunta que en el futuro (caso de ganar el juicio) debería pagar lo que el Juez le reduzca, (y las circunstancias cambian a mejor). La respuesta es NO, debería interponerse nueva demanda por parte de su ex cónyuge en el que solicite que se determine nueva cantidad.

Quedo a su disposición

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ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ALICANTE – Sentido Comun Abogados y Mediadores
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Si ahora se estima una reducción de la cuantía, esta será la que regirá mientras no exista otra modificación. Si tu situación empeora, podrás pedir una nueva modificación, tantas veces como este hecho se produzca.
Si has de devolver en un futuro la cuantía, quiero entender que te refieres a ,si ahora te la bajan, en un futuro, tendrás que pagar la diferencia. No en ningún caso es así, si el juez determina una cantidad, esa es la que tendrás que pagar mientras no exista modificación. Si tendrás que pagar vía ejecución aquellas cantidades que no hayas pagados y si tengas determinadas por sentencia.

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Trinidad Leonarte

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Buenos días.

Supongo que se refiere a la posibilidad de que, una vez se extinga la ayuda, pueda ud., si no encuentra trabajo, solicitar una nueva reducción de la pensión de alimentos. Y desde luego que podría hacerlo. En cuanto a la devolución de cuantías, una vez aprobada la reducción, no tendría que devolver ud. ninguna diferencia, aunque viniere a mejor fortuna. Consulte con su abogado.Saludos.

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