¿Son compatibles las prácticas remuneradas y la manutención por alimentos?
ABOGADO CUSTODIA COMPARTIDA VALENCIA Antonio G. Ródenas
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Buenas noches,
Totalmente, la pensión de alimentos está destinada a los gastos más básicos y la remuneración que percibes a través de la empresa son debidas a una actividad profesional. Sin embargo, abres la puerta a que tu padre pueda modificar las medidas acreditando que tienes capacidad suficiente para ser independiente.
En conclusión, no hay incompatibilidad entre remuneración y pensión pero empezar a percibir "un sueldo" podría dar pie a que tu padre iniciara un procedimiento por el cual se te retirara dicha pensión. ¿Tus opciones? Dependerá de la actitud de tu padre, es evidente que la remuneración de unas prácticas no van a permitirte ser independiente pero demostrará que estas capacitada para entrar en el mundo laboral. Mi consejo es que hagas tu camino y si tu padre quiere retirarte la pensión lo hará, tras un procedimiento de modificación de medidas, al que puedes oponerte si no estás de acuerdo.
Si tiene alguna duda más, no dude en contactar.
Trinidad Leonarte
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días. La beca por cuatro meses es perfectamente compatible con la pensión de alimentos que recibe, ya que en ningún caso la temporalidad de la remuneración y su precariedad, permitirían entender que ud. se ha integrado en la vida laboral y que tiene medios para subsistir por si misma. Otra cosa es que se vayan encandenando becas de practicas que supongan unos ingresos continuados, ya que en ese caso si que podría intentar extinguir o disminuir la pensión de alimentos. Pero ese no es el supuesto que se contempla en su pregunta. Espero haber sido de ayuda. Saludos.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: la pensión por alimentos es compatible con el trabajo en prácticas, ya que es un trabajo esporádico de tan solo 4 meses, pero si es situación persiste y fueran trabajos encadenados, tu padre con la edad que tienes podría plantear modificación de medidas en el juzgado. Puedes valorarme la respuesta que te acabo de indicar. Un saludo
Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Lógicamente Vd. debe informar a su progenitor e que esta percibiendo un dinero, y si este es inferior a lo que percibe d pensión le puede compensar con la diferencia. si no lo hace se arriesga Vd. a una demanda solicitando la extinción de la pension de alimentos