Subrogación de la hipoteca del promotor ¿Mismas condiciones?

Me subrogué a la hipoteca del promotor. En mi escritura pone expresamente "préstamo hipotecario que grava la vivienda descrita, el cual asume expresamente subrogándose en cuanto a pagos, derechos,..." Con la misma deuda del constructor (la diferencia la pagué al contado).

No detalla ninguna modificación de la hipoteca matriz del promotor. Aunque el director de la entidad estuvo presente en la firma, no aparece en mi escritura.

Nunca me dieron copia del préstamo, ni oferta vinculante ni nada similar (sé ahora que yo se la tenía que haber pedido al promotor). No recuerdo lo que hablamos días antes de la firma el banco, ni que firmé. Sólo recuerdo que me acortó el plazo de 41 años que tenía el promotor, a 37 años para mí.

Hace unos día pedí, en el registro de la propiedad, una certificación de cargas de la vivienda y, por fin, tengo todas las condiciones de mi hipoteca heredada del promotor. (Tenía cláusula suelo, claro!, pero me la quitaron en 2014 previa firma de renuncia típica).

El problema ahora es el diferencial que me aplican.

En la certificación aparece 0.5 de diferencial. Me aplican un diferencial mayor. Dice el director de la oficina que acordamos 0.9. Me enseñó dos hojas (debe ser la oferta vinculante) la primera hoja sin mi firma y contiene el diferencial de 0.9 y la segunda hoja contiene información irrelevante con mi firma. Se negó a darme una copia. También insinuó que podía haber un error en el registro de la propiedad (defensa contradictoria: ó era 0.5 para el constructor y yo firmé 0.9 ó era 0.9 para los dos y hay un error en el registro). Mis dudas son:

1) ¿Si se hubiese hecho una modificación de diferencial no tendría que aparecer en mi escritura de compra venta? Aparecer algo así como subrogación con modificación de diferencial y plazo (creo que si se modifican pocas cosas plazo, diferencial... No llega a llamarse Novación, ¿es cierto?)

2) Las dos hojas, la primera sin firmar, ¿son válidas? ¿No está obligado a darme una copia?

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Buenos días.
El acuerdo que firmo con el banco en 2014 no es vincultante por lo que Ud puede igualmente reclamar la devolución de la parte de la clausula suelo desde la fecha de subrogación de conformidad al D.L. del pasado 21 de enero. En lo referente al diferencial que le aplican y con indipendencia de "las hojas firmadas" que obran en poder del banco hay que ver la escritura notarial y desde alli actuar con el banco.
Puede ponerse en contacto con nuestro despacho
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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si Vd. no ha aceptado de forma expresa un diferencial superior al que figura en escritura, el Banco le está cobrando de más y Vd puede reclamar lo indebidamente pagado.

Respecto a la obligación de darle copia por supuesto que están obligados y Vd en el derecho de reclamarla.

Saludos y espero haber sido de ayuda.

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