¿Tengo derecho a vacaciones tras una baja?

El pasado noviembre tuve un accidente de tráfico estando de vacaciones, de los 15 días de vacaciones que iban a darme, solo disfruté dos.

¿Tengo derecho a los otros 13 restantes que no disfruté en el 2014?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
abogadosgalicia.com

abogadosgalicia.com

Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Sí. Usted tendría derecho a disfrutar de sus vacaciones tras haber sufrido una baja, aunque esta se haya producido durante las mismas. Bien es cierto que ésta deberá ser debidamente prescrita por un médico.

“En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado”.

En relación a las bajas laborales, informarle que a partir del próximo 1 de diciembre entra en vigor una nueva normativa relativa a los tiempos de las mismas; muy corto (menos de 5 días), corto (entre 5 y 30 días), media (entre 31 y 61 días) y larga (más de 61 días).

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
Contestado

Si. "En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado." (art. 38.3 ET)

Saúdos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Contestado

Buenas tardes,

Sí tienes derecho a las vacaciones.

Hay una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha dejado definitivamente aclarado ese tema.

El trabajador que está de baja por IT, una vez se reincorpora tiene derecho a disfrutar las vacaciones que no había disfrutado!

Atentamente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS

Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS

Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo

VER PERFIL
Contestado

Si, durante el año natural a que corresponden las vacaciones podrá disfrutarlas una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año al que corresponden

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado