¿Tengo que seguir pagando la pensión de alimentos si ahora mi hija vive conmigo?

Según sentencia tengo que abonar una pensión de alimentos a mi hija de 17 años que vive con su madre. Ahora la niña se ha venido a vivir conmigo por diferencias con su madre.
¿Estoy obligado a seguir pagando la pensión si la niña ya no convive con su madre?

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GUILLEN ABOGADOS

GUILLEN ABOGADOS

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes:

Es imprescindible que interponga una modificación de medidas en el juzgado por cambio de las circunstancias si la menor va a convivir con usted de forma permanente solicitando el cambio custodia y la extinción de la pensión y que en su caso la abone la madre al no ser ya la progenitora custodia, si quiere que le ayudemos a tramitar el expediente póngase en contacto con este despacho, la primera consulta es gratuita y sin compromiso.

Telf: 954 579 585.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
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Si su hija va a convivir con vd. de forma permanente no tendría por qué seguir pagando pensión de alimentos a la madre. Debería presentar una demanda de modificación de medidas para regularizar la nueva situación. Recomendamos que contacte con un abogado, pues será precisa su intervención en dicho procedimiento.
Esperamos haberle servido de ayuda y que valore nuestra respuesta.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe solicitar inmediatamente una modificación de medidas, si la convivencia con la hija va a continuar en su domicilio, para que así quede constancia, ya que de otro modo, le pueden reclamar la pensión por ser un alejamiento pasajero de la hija. Espero haber sido útil, quedamos a su disposición, un cordial saludo.

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