Tomar coca habitualmente, ¿sería atenuante si hay agresión?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Mejor respuesta según autor
Ante los hechos que comentan lo que tienen que hacer es responder a lo que se les pregunte de forma directa y clara, sin florituras innecesarias, ya que interesa saber cómo se produjo la agresión y si el acusado fue el agresor, debiendo hablar sólo cuando se les de la palabra y nunca fuera de lugar. Si cuentan la verdad, las declaraciones de usted y de su amiga serán coincidentes y se corresponderán con las lesiones que resultan de los informes médicos y del forense, dándoles una mayor credibilidad. En el plano procesal puede suceder que el Juicio tenga lugar o también que se transforme en otro algo más lento, en cuyo caso siempre es aconsejable personarse en la causa con abogado y procurador para saber en todo momento lo que está pasando. Finalmente, les indicamos que la actuación bajo los efectos de las drogas (cocaína) puede tener una relevancia penal (como eximente o atenuante en función de la intensidad), pero siempre que sea probado dicho estado y se den determinados requisitos como, en particular, que la afectación psicológica se haya dado cuando tuvo lugar la agresión, algo que parece ser no ocurría, ya que la velada se desarrollaba con normalidad y es de suponer que no evidenciaba el agresor estar "colocado" en ese momento.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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Con los datos que me ofrece no puedo darle una información precisa ya que su asunto requiere un estudio de los Autos. Con carácter general le señalo que la ingesta habitual de drogas puede ser tenida en cuenta como una atenuante siempre y cuando conste dicho consumo mediante prueba de médico forense o documental de algún centro.
El procedimiento se centrará en preguntas sobre lo ocurrido, como se produjeron los insultos y las agresiones.
Se desconoce también si se trata de un juicio por delito leve (es decir agresión a una persona que no guarde ningún tipo de relación afectiva con el agresor) o se trata de un juicio rápido ante el Juzgado de Violencia (lo cual constituye un delito de maltrato para lo cual debe haber o haber habido con anterioridad una relación afectiva entre agresor y agredido).
No obstante, su amiga está representada por el Ministerio Fiscal o bien por un abogado en caso de que se haya personado como acusación particular. En ambos casos le recomiendo que conteste con la mayor precisión las preguntas que les formulen sobre los hechos.
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Hola, buenas tardes.
Las lesiones se valoran en función de los días de baja y posibles secuelas que se hayan podido causar en la agresión.
No entiendo como un hombre puede pegar a una mujer, es lamentable, pero en todo caso, no se preocupe que ya verá como el Ministerio Fiscal acusará a este energúmeno incontrolado, pues no hay nada que justifique una agresión.
Por norma general, el hecho de haber tomado sustancias estupefacientes viene considerándose una atenuante, al no poder calibrar el causante exactamente lo que hace ni el resultado, y ello siempre y cuando no hubiere tomado cocaína ex profeso para delinquir. Vergüenza le tendría que dar a este loco actuar de esta manera. De haber sido un hombre, o haber habido alguno en la escalera, le hubieran puesto las peras a cuartos. Malnacido. Olvídense de amigos como éste, pues los amigos los encontramos, y los enemigos vienen solos, y éste se ha pasado al otro lado, y precisa un puente de plata al haber huido voluntariamente.
UN ABRAZO, SALUD Y SUERTE
Buenos días:
Lo mas correcto para su mejor asesoramiento, es que nos facilite toda la documentación e información que tenga sobre el asunto a tratar y así poder realizar un estudio de viabilidad sobre el tema.
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Un saludo,
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Saludos.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Los testigos deben centrarse en contar lo que vieron
La defensa del agresor ya la hará su abogado