Trabajar sin contrato y la oficina cierra
Buenos días,
El Estatuto de trabajador presume la existencia de un contrato laboral cuando se estén prestando servicios en dependencia de un tercero y percibiendo una remuneración del tipo que sea.
Bajo esta presunción, debe ser la empresa quien prueba que no existe el contrato o bien que no es de tipo laboral.
En su caso sería un contrato verbal, que si las condiciones lo confirman, pudiera ser entendido como un contrato de trabajo indefinido a jornada completa; nuevamente corresponde a la empresa demostrar que no es un contrato temporal.
En su caso particular, siempre que cuente con pruebas fehacientes de que usted ha trabajado para la empresa (fotos, correos, testimonios etc) podríamos interponer una demanda. Su situación podría considerarse un despido improcedente; acogiéndose al derecho a indemnización.
Deseamos haber atendido su pregunta y quedamos a su disposición.
PD: en el caso de que nuestra respuesta le resulte satisfactoria, le agradeceremos que valore la misma.
Estimado Cliente:
Indudablemente usted debe realizar la denuncia y para ello lo recomendable es valorar toda la documentación incluidos e mails y solicitudes por escrito en las que pedía la regularización de su situación laboral.
Si desea concertar una cita con nosotros y llevar adelante las acciones legales correspondientes, desde LaBE Abogados con más de 30 años de experiencia en Derecho Laboral le invitamos a hacerlo en el botón verde situado más abajo.
Un cordial saludo
Buenos días,
SI tiene pruebas para demostrar que usted trabajaba en la empresa y la antigüedad, puede deemandar a la empresa y tendría derecho a la indemnización por despido improcedente. A usted no le pasaría nada por denunciar e intentar llegar a una solución, siendo importante localizar al empresario o en su defecto seguir adelante con la demanda y en caso de no localizar al empresario cobrar de fogasa.
Un saludo