Traeraq un familiar de 54 años.
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
VER PERFIL
Contestado
Buenos días: Puede hacerlo mediante reagrupamiento familiar, justificando documentalmente el parentesto con su hermana, contrato de trabajo, nómina, contrato de alquiler si vive en arrendamiento, último recibo satisfecho, padrón municipal. Un saludo
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic
Contestado
Depende de su condición en España, pero lo más seguro es que tenga que pedir una reagrupación familiar, y tiene que demostrar que su hermana es dependiente económicamente de usted, o que tiene una grave enfermedad y es su única familia.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado