¿Un moroso de una comunidad puede ser presidente de la misma?

Somos una comunidad de 150 vecinos en 15 edificios (10 vecinos por edificio) y en este momento se han creado 15 sub-comunidades con NIF independiente de la comunidad general y en mi escalera hay 3 propietarios que deben a la comunidad general. ¿Mi pregunta es pueden ser presidente y tener voto en la misma de mi edificio?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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La condición de moroso mientras dura esta circunstancia priva del derecho a voto por Ley, pero no inhabilita por Ley para el cargo de presidente, el cual es obligatorio. No obstante, el evidente conflicto de intereses entre la Comunidad y el moroso nombrado presidente, si sigue sin pagar, puede dar lugar a un requerimiento de pago que derive de un procedimiento de equidad o, incluso, a la remoción del cargo en una nueva Junta.

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CAPN ABOGADOS

CAPN ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Inmobiliario

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Podría ser Presidente pero como moroso no tendría derecho a voto lo cual hace que sea una situación un tanto extraña para la Comunidad.

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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Habría que mirar los estatutos y ver como están organizadas las cuotas de comunidad y subcomunidad y si se cobran juntas o por separado. En principio los morosos tienen suspendido el derecho a voto, por lo tanto también tendría suspendido el derecho de ejercer cargo.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

En principio los morosos no tienen derecho a voto, lo cual no implica en teoría, que puedan ser Presidentes de la comunidad.

Un saludo.

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