Vivienda nueva con infiltraciones de agua desde la calle

Vivienda con 7 años de antigüedad. Promotora-constructora desaparecida por quiebra. Arquitecto localizable y con seguro de responsabilidad civil.
La vivienda es un adosado que hace de esquina. El agua se filtra desde las zonas comunes de la Comunidad de Propietarios ya que esa parte de la vivienda está 60cm por debajo del nivel de la calle.
La Comunidad tiene seguro para responder ante daños a terceros.
¿Quién debe correr con los gastos de reparación? ¿Debo ir a juicio para pedir compensación por daños y perjuicios?
Gracias de antemano por sus respuestas

Respuestas de otros profesionales:
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Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

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Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda

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Buenos días.
Primer paso: comunicar las filtraciones al Presidente y Administrador, indicando desperfectos causados en zona privativa por deficiencias en zona común.
Segundo paso: pedir a la Comunidad que repare origen de las filtraciones y daños causados.
A partir de aquí es la Comunidad la que debe actuar del siguiente modo:
1.- administrador debe dar aviso de siniestro a seguro decenal, ya que la deficiencia constructiva afecta a la habitabilidad de la vivienda; el seguro debería reparar origen de filtración y seguro multi riesgo de la comunidad debería reparar daños causados en vivienda a través de cobertura de RC.
2.- si el seguro decenal rechaza el siniestro la Comunidad debe plantearse si la reparación es tan costosa que merezca la pena ó no meterse en una demanda contra los agentes participantes en la construcción (arquitecto, aparejador, ingeniería, promotora, constructora)
3.- si la reparación es sencilla, reparen, no vayan a juicio porque pasarán unos 2 años hasta tener sentencia, con suerte.
4.- si la reparación es costosa y existen más deficiencias en la construcción deben contratar un perito que determine qué deficiencias existen, quién es el responsable (arquitecto, aparejador, ingeniero) y las valore.
5.- como el proceso pericial y legal será muy largo, usted tiene derecho a que la Comunidad le repare los daños, por lo que el perito contratado debería emitir informe justificando la reparación urgente a realizar, de cara a que los peritos de la otra parte, durante la celebración del juicio, no puedan alegar que se les ha negado la oportunidad de verificar las deficiencias.
6.- no estaría de más que antes de reparar un notario levantase acta notarial de los daños observables, así como del origen de la filtración, si es que es visible.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

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Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda

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Usted puede acudir a juicio si así lo desea y en cualquier momento, pero tratándose de una Comunidad lo aconsejable es seguir la pauta que le he indicado.
Si la Comunidad no actúa óose niega a actuar, usted puede demandar a la Comunidad si tienen elementos probatorios de que los daños que sufre su vivienda proceden realmente de zonas o instalaciones comunes del edificio, ya que es la Comunidad la que tiene la responsabilidad del correcto mantenimiento de la edificación, independientemente de los años que ésta tenga.
Al tener menos de 10 años el seguro decenal obligatoriamente contratado por la promotora estará en vigor, y la Ley de la Edificación da hasta 10 años de garantía para este tipo de daños que usted tiene, y el Código Civil llega hasta los 15 años.
Si aún tiene paciencia, haga uso de ella y, como le he dicho, comunique a los representantes de la Comunidad el problema, pida su solución inmediata y que la Comunidad se mueva en este sentido.
Un cordial saludo.

Si el administardor de su comunidad no resulta eficaz en la resolución del problema, les ofrezco mis servicios para la administración y gestión de su comunidad de propietarios.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Dado que las filtraciones proceden de las zonas comunes, deberá proceder a realizar la oportuna reclamación a la comunidad de propietarios a fin de que le repare los daños y tome las medidas adecuadas para que no se vuelvan a producir.

Dado que se trata de viviendas de menos de diez años de antigüedad, existirá un seguro decenal que responda de dichas reparaciones siempre que se deban a vicios de la construcción. Además la comunidad contará con su propio seguro multiriesgo que se hace cargo de dichas reparaciones. Y por tanto, será la comunidad de propietarios la que de el correspondiente parte a los seguros o a la dirección facultativa de la obra.

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, puede reclamar por vicios ocultos.
El compañero se lo ha explicado con todo detalle de los pasos a realizar.
Si desea alguna aclaración o asesoramiento más personalizado, no dude en contactar.
Un saludo.

Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Atendiendo a que se trata de una vivienda nueva, tiene hasta diez años para poder realizar las reclamaciones. Quedamos a su completa disposición para llevar su procedimiento si así nos lo requiere.

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