A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogados Generalistas desde 1993
  Madrid

Despacho de Abogados generalistas con más de 28 años. PRIMERA CONSULTA GRATUITA: 915710141

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Más Información

 Los Abogados Alfonso Cañizares Alex, Mª de los Ángeles Cañizares Cerdá , que preservando su independencia jurídica, pero compartiendo gastos y espacio físico desde 1993 hasta el pasado 31 de Diciembre de 2013 decidieron constituirse en Sociedad Civil Profesional conjuntamente con la Psicóloga y Perito Calígrafo Mª del Milagro Cañizares Cerdá.

 La mentada sociedad denominada A. Cañizares Abogados, S.C.P. mantiene su Despacho en el mismo edificio de C/ Orense, nº 27, Esc.B, 5º Dcha. 28020 Madrid y conserva idénticos números de teléfonos, fax y demás comunicaciones y asume íntegramente los trabajos que se están desempeñando y continuarán realizando como hasta ahora, todas cuantas labores nos encomienden nuestros clientes y amigos, con el mismo celo, entusiasmo y resultados, fruto de los más de 20 años de experiencia que les avala.

Conscientes de que no siempre se puede conseguir la RESOLUCIÓN AMISTOSA DE CONFLICTOS, ni la MEDIACIÓN recientemente legislada, A. Cañizares Abogados, adquirió consigo mismo el compromiso de tratar que las causas que impidieran alcanzar acuerdos fuesen, en general, exigencias de la parte contraria que no puedan o no quieran ser asumidas por nuestros clientes.

Ante situaciones de este tipo, si se impusiera la necesidad de interponer cualquier actuación judicial, A. Cañizares Abogados no asumiría ésta, si del estudio previo y análisis de las pruebas no derivara una alta probabilidad razonable de obtención de resultado positivo, sin poder garantizar, obviamente, el buen fin del resultado apetecido, ya que éste está en manos de Jueces y Tribunales.

En todo caso, sí se garantiza un profundo estudio de todos los antecedentes y hechos problemáticos que se encomiendan y una aplicación exhaustiva de principios, fundamentos de derecho y jurisprudencia, enmarcados, tanto en las características del asunto como en la personalización del cliente, y en una moderación en la percepción de honorarios.

En resumen, se pretende ayudar a nuestros clientes, con los que nos identificamos, en el desempeño eficaz de sus objetivos, tratando de resolver sus conflictos de forma personal, con profesionalidad, ética, deontología y amistad, en todos los ámbitos del Derecho, pues somos profesionales generalistas con una experiencia demostrada por la obtención de resultados positivos en un porcentaje superior al 90%.

  •  DERECHO CIVIL
    • Derecho Bancario
    • Protección al consumidor
    • Arrendamientos
    • Herencias
    • Derecho de Família...
  •  
  •  DERECHO MERCANTIL
    • Constitución, Transformación y Liquidación de Sociedades
    • Conflictos societarios
    • Relaciones contractuales
    • Derecho concursal, etc. etc.
  •  
  •  DERECHO ADMINISTRATIVO
    • Conflictos con la Administración
    • Expropiaciones
    • Derecho Constitucional
    • Recursos Administrativos, etc. 
  • PERITACIÓN CALIGRÁFICA La función de un perito calígrafo generalmente ante los Tribunales de Justicia es ejercer una labor de auxilio judicial pronunciándose sobre un documento del que se duda, un testamento, una firma etc. 

  • MEDIACIÓN:  ¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN? y ¿PARA QUÉ SIRVE?

    La mediación es un procedimiento que se ha legislado en España muy recientemente, aunque se trata de un asunto cuya utilización se pierde en la noche de los tiempos.

    Sus principales características, según la Ley 5/2012 de 6 de julio son:

    a)  Voluntariedad y libre disposición.

    b) Igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores

    c) Las actuaciones serán de forma que las partes, ayudadas por el mediador,
    resuelvan por sí los conflictos que se les puedan presentar.

    En resumen se trata de un procedimiento que tiende a la RESOLUCIÓN AMISTOSA DE CONFLICTOS.

    Esta síntesis, excesivamente simplista, aparenta ser un sistema de resoluciones sencillas, pero no es así, las controversias no son fáciles de solucionar, pero la existencia de MEDIADOR, si posee las habilidades y técnicas precisas para su actuación, colaborará de forma muy sensible a que los dirimentes lleguen a formalizar acuerdos positivos.

    Los campos de actuación de los procedimientos de mediación son muy extensos, pues dirimen asuntos Civiles y Mercantiles.

    A guía de ejemplos enunciativos y no limitativos se exponen:

    - Relaciones entre proveedores y clientes.
    - Arrendamientos.
    - Herencias.
    - Relaciones entre socios, comunidades de bienes.
    - Compraventas
    - Empresas familiares y protocolos.
    - Seguros.
    - Responsabilidades médicas etc. etc.

    Las ventajas de la MEDIACIÓN respecto a resoluciones judiciales, arbitrales, e incluso transaccionales son fundamentalmente de ECONOMÍA de TIEMPOS y COSTES.

    Por tales razones los jueces están obligados por la Ley citada a propulsar y recomendar activamente a los abogados la utilización de tales procedimientos.

    Por ello, no cabe duda de que la MEDIACIÓN será el procedimiento de resolución de conflictos más extendido.

    Fdo.: Ángeles Cañizares Cerdá

    Abogada Experta Diplomada en MEDIACIÓN en asuntos CIVILES y MERCANTILES

 

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Especialidades

  • Derecho Bancario
  • Derecho de Familia
  • Derecho de Sucesiones y Donaciones
  • Derecho Civil
  • Derecho Tributario
  • Seguros
  • Asesoramiento jurídico a empresas
  • Arbitraje
  • Derecho Penal
  • Derecho Mercantil
  • Derecho Laboral
  • Derecho Administrativo
  • Derecho Propiedad Intelectual
  • Responsabilidad Civil
  • Reclamaciones de Impagados
  • Derecho de la Vivienda
  • Derecho Concursal
  • Derecho Inmobiliario
  • Contratación
  • Derecho Procesal

Localización

C/ Orense, 27. esc. B, 5º Dcha 28020

Madrid,

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