¿A quién corresponden los beneficios no repartidos (llevados a reservas)?

Mi ex-marido tenía una empresa antes de casarnos en la cual también trabajaba yo.
Durante varios años los beneficios generados no se repartieron, se dejaron en Reservas por decisión de él.
Mi pregunta es: ¿son gananciales esas cantidades no repartidas?
Muchas gracias. Un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Buenas noches. En primer lugar para ser más precisos en la respuesta sería necesario conocer el contenido de la liquidación de gananciales que efectuaron en su día. Saber igualmente sin con anterioridad a la firma de ese documento se repartieron beneficios en algún momento y si su ex marido era el socio mayoritario y administrador de esa empresa, para poder determinar si podría considerarse que existió un fraude en la decisión de destinar a reservas los beneficios. Los tribunales han dictado sentencias en las que no hay un criterio uniforme, pero sí existen las que consideran que las reservas son gananciales sin más requisitos, aquellas que exigen que se defraude en la decisión de aplicar a reservas los beneficios y otras que, claramente no son gananciales. En resumen, si su marido era accionista mayoritario, y dependía de él la decisión, podría considerarse que existe fraude y por lo tanto llegar a reclamar el carácter ganancial de esos fondos. Quedamos a su disposición, de ser de su interés, para poder darle una respuesta más adecuada, requiriéndose para ello la documentación antes citada. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

Para poder responderle con cierta fiabilidad resulta imprescindible conocer bajo qué forma jurídica operaba la empresa de su marido.

Por lo que usted dice parto de la premisa de que la empresa de su marido tenía personalidad jurídica propia (S.A. , S.L. Son las más comunes) y por lo tanto ese dinero que pasa a las reservas pertenece a la empresa y no a su marido, y no puede tener carácter ganancial!

Dicho esto cabría la posibilidad de demostrar que su marido utilizaba la empresa para ocultar parte de su patrimonio, y en base a ello poder reclamar la parte que a usted le hubiese correspondido de esos beneficios generados durante el tiempo en que estuvieron casados!

Pero en principio la respuesta es que esos beneficios pertenecen a la empresa y no a su marido, y por lo tanto salvo prueba de actuación fraudulenta, no tienen carácter de bienes gananciales!

Si quiere más información estaremos encanados de asesorarle y ver si puede reclamar parte de ese dinero!

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenos días;
Comparto la tesis de mi compañero en relación a que si la empresa tiene personalidad jurídica propia (S.A o S.L.) el dinero pertenecería a la empresa y no a su marido.
En caso contrario, podrían considerarse como ganancias patrimoniales obtenidas durante el matrimonio por lo que podrían considerarse su carácter de bien ganancial y proceder a su reparto.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración así como para proceder a su reclamación en caso de que proceda la misma.
Un cordial saludo.

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Alonso&Padín Abogados

Alonso&Padín Abogados

Abogado de Coruña especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Es viable analizar la cuestión para una reclamación por si le interesa ponerse en contacto con nosotros.

Se le podría declarar tal carácter tras analizar el incremento patrimonial de las participaciones sociales y del patrimonio de su ex marido.

Para cualquier aclaración póngase en contacto.

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