Alquiler de un parking por acuerdo verbal y fallecimiento del propietario

Tenia alquilado una plaza de parking mediante un acuerdo verbal desde hacia años y que pagaba por transferencia bancaria. Dada la imposibilidad de contactar con el propietario para cancelar el acuerdo, deje de pagar un mes con la intencion de que detectara que no habia habido ingreso y se pusiera el en contacto conmigo para poder renunciar al parking. Sin embargo, han pasado 3-4 meses y esta persona no se ha puesto en contacto conmigo porque ha estado luchando contra una enfermedad y finalmente ha fallecido.
Ahora, las presuntas herederas (ya que falleció hace 2 semanas y aun no se sabe quien es el heredero/s) me reclaman dinero del alquiler, un alquiler del que no he hecho uso porque ya no quería el parking. Me reclaman el alquiler, sin ser ellos propietarios del parking, el mando de la puerta (el cual pagué yo de mi bolsillo) y la llave.
Mi pregunta seria, que opciones reales hay de que un juez me obligue a pagar?

Por otro lado, desde hace mas de un año, la puerta del parking estaba averiada, y como consecuencia, se quedaba abierta muchas veces. En una de esas veces, me encontré el coche rayado y tuve que hacer un parte al seguro. Como el acuerdo que tenia con el propietario del parking era verbal, no pude reclamar nada a el, y de rebote, tampoco a la comunidad. Sin embargo, si ahora los herederos me reclaman "algo", están oficializando un contrato verbal y por consiguiente, ya tendría alguien a quien reclamar la reparación del coche. ¿Esto es así o lo tengo entendido mal?

Muchas gracias

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Ante la situación que comenta no debe hacer nada, ya que la posibilidad de que le reclamen judicialmente algo es realmente baja, por lo que le recomendamos que se mueva y busque asesoramiento solo en el supuesto de que reciba una citación judicial por motivo de un procedimiento que se haya puesto en marcha contra usted. Por otra parte, cualquier reclamación por motivo de los daños que comenta pasa por la dificultad de tener que probar suficientemente que dichos daños se produjeron en la forma que indica y que no ha prescrito su posible reclamación, lo que añadido al coste y los riesgos que comporta reclamar hace desaconsejable el ejercicio de cualquier acción.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Mi consejo en este caso es que no haga nada. Por el alquiler de un parking no se van a buscar un abogado que les va a cobrar más de lo que valen los alquileres y más cuando el parking ha quedado libre. Por lo de las rayadas al coche tampoco le vale la pena iniciar un proceso.
En un plano mas cívico, estaría bien que les envíe una carta diciéndoles que ya hace tiempo que dejó de usar el parking y que lo tienen a su entera disposición. La carta mejor certificada.

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