Alquiler local en herencia yacente
Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días,
Dado que el local todavía no ha sido adjudicado a ninguno de los herederos en concreto, el contrato debería ser firmado por el albacea y, en ausencia de este, por los llamados a la herencia.
Por ello es aconsejable que firmen el contrato los 4 herederos, ya que en la división de la herencia no sabe quién se adjudicará definitivamente el bien.
Un saludo,
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Frente al inquilino basta con que firme uno, pero entre ustedes es mejor que o bien firman los cuatro el contrato, o bien, firman algún documento acreditando la conformidad de todos con el alquiler y sus condiciones.
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Hola buenos días:
Si la herencia no está todavía partida y los bienes adjudicados a cada uno, sí es necesario que firmen todos los herederos.