Arrendamiento de vivienda en declaración de la renta.
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
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Mejor respuesta según autor
Deberia indicar quien habita la casa. En la declaracion de renta se pueden consignar las pensiones y conceptos asimilados, pero si nadie vive en la vivienda arrendada no hay objeto.
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
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En principio lo que le sugiero es que firme usted una subrogación de ese mismo contrato con la propiedad (un cambio de titularidad, conservando igual el resto de condiciones), y que conste así también respecto al depósito de la fianza. Pero no solo por computarlo en la declaración de la renta: Vea también si le interesa por el propio alquiler. Le aconsejo que lo valore consultando con mayor detalle con un abogado de su confianza, aquí solo podemos darle una orientación, ya que también hace falta revisar contrato y convenio, y tener claros los pros y contras de cada opción antes de hacer nada (lo cual dependerá de sus planes a futuro, desde luego).