Cesión de custodia a mi pareja

Atravieso una etapa de depresión en la que no me siento capacitada para decidir en bien de mi hija. ¿Cómo puedo ceder la custodia completa a su padre, con el que convivo (sin estar casados ni registrados como pareja de hecho), y qué supondría eso para mí en el presente y en el futuro? ¿Cabría delito de abandono del hogar si me voy de casa?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Si el padre figura en el Registro como padre ostenta legalmente la patria potestad y ello le habilita legalmente a adoptar esas decisiones en los casos como el presente en que usted está afectada por esa imposibilidad temporal de actuar.

Es decir no tiene que cederle la custodia, la posee por ser padre y la puede ejercer al vivir con usted y su hija común.

Si no figura legalmente como padre en el Registro, lo más práctico es que reconozca a la hija a todos los efectos. Aunque al haber posesión de estado puede actuar igualmente.

Por lo demás para que usted pueda salir temporalmente de casa le basta con ponerlo en conocimiento del padre y explicar ambos la situación a la hija y a los terceros (estoy pensando en el Colegio en particular).

Una vez que se haya recuperado y haya recibido los cuidados que precisa su situación se reintegra de vuelta al domicilio y todo resuelto. Entre medias, su médico le indicará lo procedente respecto a las visitas que puede recibir de su compañero y su hija.

Otra cosa sería que el padre no quisiera hacerse cargo de la situación, pero por lo que comenta creo que ese no es el caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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En un tema tan delicado como éste, es preciso tener mayor información sobre la situación para poderle aconsejar. En su estado, es posible que no deba adoptar ninguna decisión que más adelante sea perjudicial para todos, pues las consecuencias en estos temas suelen ser complejas. Le aconsejo consulte personalmente con un Abogado, experto en derecho de familia. Suerte.

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González Torres Abogados
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Estimada señora:

Legalmente la única posibilidad es que el padre interponga una demanda de GUARDA CUSTODIA Y ALIMENTOS DE HIJA EXTRAMATRIMONIAL solicitando la custodia EXCLUSIVA de su hija, y que usted se ALLANE a la demanda.

Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado)

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Abogado divorcio familia Las Palmas - Rosangélica Ticay Rivas
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Buenos días, lo conveniente sería que consulte personalmente con un abogado de su confianza, porque para asesorarle adecuadamente hace falta que nos brinde más información. Reciba un saludo cordial.

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