¿Cómo deben abonarme el finiquito de empleada de hogar?
CW Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos
Buenos días,
En primer lugar, es poco habitual poner fin a la relación laboral por mutuo acuerdo, ya que no hay nada previsto legalmente y todo queda a lo que acuerden las partes respecto a la fecha, posible indemnización, etc.
Desde mi punto de vista, a usted le corresponde como mínimo: el finiquito que engloba el salario devengado del mes que corre, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las dos pagas extras, salvo que se vinieran abonando prorrateadas en la nomina.
No obstante, pienso que deberían abonarle una indemnización equivalente o muy parecida a la prevista legalmente para el desistimiento o despido del empleado de hogar: 12 días por año trabajado, con el límite de 6 mensualidades, para los contratos posteriores al 1 de enero de 2012
Buenos días,
Le corresponde el finiquito y liquidación que se calcula conforme su salario, días de vacaciones no disfrutadas... y en caso de llegar a un acuerdo que le den alguna indemnización que se calcula conforme a su retribución bruta anual, pero ojo si se va voluntariamente no tendría indemnización, otra cosa es que negocien las partes.
Un saludo
Buenos días,
Si te vas es una baja voluntaria y no tienen que pagarte ninguna indemnización. Tan solo te deben de pagar el salario de los días que hayas trabajado en el mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las vacaciones que no hayas disfrutado.
Abogado Laboral Pamplona - Aranzazu Arias Leiro
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho del Trabajo
Si es de mutuo acuerdo hay que conocer los términos del mismo. El finiquito deberá liquidar los días trabajados hasta la fecha de la baja y la liquidación de pagas y vacaciones que, en su caso, correspondan.
Si lo desea, puede contactar con nosotros para un mejor asesoramiento.
Un saludo
Abogado Laboral LaboralClic
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
Buenas tardes.
A lo que tiene derecho es a la parte proporcional de sus vacaciones y de sus pagas extraordinarias.
De la misma forma tendría derecho a sus salarios debidos.
Puede ponerse en contacto con nosotros para mayores detalles.
Un saludo.
Estimada cliente: Si usted se marcha de forma voluntaria no le corresponde ninguna indemnización, sólo el finiquito que es: Días de vacaciones no disfrutas, pagas extraordinarias prorrateadas y el salario del último mes.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Si es baja voluntaria sólo se debe abonar finiquito.
Si por el contrario es un despido de común acuerdo se puede negociar la indemnización.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. Al ser de mutuo acuerdo entiendo que han llegado a un acuerdo.un saludo.