¿Cómo debo actuar ante la excedencia en mi empresa durante un concurso de acreedores y ERE de extinción de empleo?
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
Abogado de Marbella especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, estando en excedencia su contrato esta suspendido por el tiempo que dicha excedencia dura y no tendra garantizada la reserva de su puesto de trabajo. Si la empresa cierra durante su excedencia no tendra usted derecho a indemnización de ningun tipo ya que la excedencia solo otorga un derecho preferencial al reintegro en dicha empresa( art. 46.5 E. T.).
Los trabajadores afectados por un ERE tienen derecho a la indemnización de 20 dias por año con el tope de 12 mensualidades, para el supuesto de que el ERE sea ajustado a derecho.
Un cordial saludo.
Buenas tardes: La excedencia voluntaria otorga sólo el derecho al reingreso en caso de existencia de vacantes, lo cual no ocurrirá en una empresa que ha inciado un ERE de extinción de la totalidad de los puestos de trabajo y abocada a la liquidación concursal (que es el supuesto que plantea). Por ello, para conservar el derecho a la indemnización por despido, no es recomendable en mi opinión solicitar la excedencia voluntaria. Saludos,
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