¿Cómo debo hacer el cálculo para actualizar la pensión de alimentos?

Buenas tardes.
Tengo una niña de 6 años y estoy divorciado de la madre. En el convenio, firmado en junio de 2010, pone que la cantidad abonada en concepto de pensión de alimentos se actualizará anualmente a tenor de las variaciones del IPC a nivel nacional. La primera actualización se realizó el 1 de enero de 2011. He tratado de calcular el aumento de la pensión año a año pero tengo dudas de si lo estoy haciendo correctamente. Por favor, ¿me podrían indicar cual es la cantidad a pagar en el año 2016? ¿Cómo se calcula exactamente? Muchas gracias.

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Teresa Pedreira Prieto

Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

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Buenos días
La actualización de la pensión suele hacerse anualmente, es decir, pasados 12 meses, salvo previsión expresa en otro sentido en el convenio. Así en principio la primera actualización tendría que haberse realizado en junio de 2011 si la pensión se empezó a abonar según convenio en junio.
Pero habiendo realizado la primera actualización el 1/1/2011, en atención a sus propios actos, debe continuar haciendo las actualizaciones en enero de cada año.
Las actualizaciones se realizan aplicando la variación anual del IPC de mes a mes. Puede consultar en la página del INE las variaciones del IPC.
En su caso tendría que aplicar a la pensión que viniese abonando desde enero de 2011 la variación del ipc de enero 2011 a enero 2012 (2%) y aumentar la pensión en ese importe para el año 2012.
La variación del ipc de enero de 2012 a enero de 2013 ha sido del 2,7%, por lo para el año 2013 ha de aumentar en ese porcentaje la pensión que abonaba en el 2012.
La variación del ipc de enero de 2013 a enero de 2014 ha sido del 0,2%, por lo que en el año 2014 abonaría casi la misma pensión que en el año 2013.
La variación del ipc de enero de 2014 a enero de 2015 ha sido de negativa (-1,3%), por lo que podría incluso rebajar en ese porcentaje el importe de la pensión a abonar a lo largo del año 2015.
Y la variación del ipc de enero de 2015 a enero de 2016 la sabremos más o menos el 10 de febrero, así que en ese momento puede calcular la pensión a abonar en el año 2016.
Quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración que pudiese precisar. Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Derecho Civil Vigo Angeles Fernández Berceruelo
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Para una correcta actualización de la pensión de alimentos, necesito examinar la sentencia y el convenio firmado por Vds, porque para empezar, salvo que se acordara expresamente esa fecha, el 1 de enero de 2011 no sería la fecha para empezar las actualizaciones sino que en defecto de pacto expreso en contrario la primera actualización debería hacerse al año siguiente de la firma ( en este caso parece que junio de 2011) además necesito conocer la cuantía de la pensión de alimentos.

Estoy a su disposición, para calcularle correctamente la actualización de la pensión de alimentos, así como para informarle de si en estos años ha estado Vd. abonando correctamente la pensión en cada momento o por el contrario hay atrasos sin abonar o cantidades abonadas indebidamente. Solicitando cita previa gustosamente le atenderé en mi despacho profesional.

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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

La variación para ese período es de aproximadamente un 3,6 %

Si quiere que le informemos de la cantidad exacta que tiene que abonar nos tiene que decir de cuanto es la pensión actualizada en Enero de 2011.

De cualquier forma la puede actualizar usted mismo cogiendo la renta actual y multiplicando por 103,60.

Ej. Si actualmente venía pagando 250 €/mes, tiene que multiplica 250x1,036 y la renta actualizada a Enero de 2015 será de 259 €/mes.

Un saludo,

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ABOGADO DIVORCIOS VIGO EAR ABOGADOS

ABOGADO DIVORCIOS VIGO EAR ABOGADOS

Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Le facilito el siguiente enlace http://www.ine.es/calcula/ donde puede realizar la actualización de la pensión de alimentos año tras año.

Así mismo le indico que tiene derecho a reclamar los importes correspondientes a los últimos cinco años que han sido impagados por la no actualización de la pensión de alimentos.

Quedo a su disposición para cualquier aclaración que pudiera necesitar.

Saludos

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Abogado Tráfico de Drogas Galicia LEX VEDRA ABOGADOS
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Hola. En la página web del INE (Instituto Nacional de Estadística) hay una herramienta para "actualizar las rentas" en la que solo hay que introducir fechas e importes. Es muy sencillo. Si sigue teniendo dudas, puede ponerse en contacto con nuestro despacho. Un saludo.

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