¿Cómo debo proceder ante la separación de mi pareja?

Hola, buenas tardes.
Yo vivo con mi pareja y según ella no podemos vivir juntos así que ha tomado la decisión de buscarse un piso de alquiler e irse. Ya vivimos de alquiler y yo no me quiero hacer cargo de esta casa. Tenemos un niño de 4 años. Ella tenía cita hoy con un abogado y no sé por donde saldrán los tiros. No soy pareja de hecho ni estoy casado.

Mi pregunta es si tengo que pagar la casa de alquiler ya que figura a mi nombre y la pensión, es obvio. ¿Cómo es el régimen de visitas o cómo se procede?

Necesito ayuda porque no sé ni qué hacer ya que no me creo que esto me esté pasando.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Si el contraro de arrendamiento esta a su nombre, no tendrá mas remedio que hacer frente al pago de la renta, y mas teniendo en cuenta que ella se ha ido y ha alquilado otra vivienda.
En cuanto al pago de la pensión de alimentos, no tendrá mas remedio que hacerle frente, ya que es una obligación como padre del niño.
Todo lo anterior se da en circunstancias normales, pero habría que estudiar su caso de forma detenída, ya que por un lado, si la vivienda ya no constituye el domicilio familiar, por haberse marchado ella, se puede intentar, si a usted le interesa y a la vista de las cláusulas del contrato de arrendamiento la posibilidad de rescindir dicho contrato, y por supuesto habrá que estudiar la formalizacion de un convenio regulador de las relaciones paternofiliales, en el que se fije la pensión de alimentos, el régimen de visitas, etc.
Por ello le recomiendo, que acuda a un abogado parar que le asesore y en su caso, defienda sus intereses. Tenga en cuenta que el convenio, si se firma, tiene que ser presentado en el juzgado, y si no están de acuerdo, igualmente tendrán que acudir al juzgado para dirimir sus diferencias de forma contenciosa.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios no dude en ponerse en contacto con nosotros a través del botón verde situado abajo.
Un cordial saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Divorcio Fuenlabrada Sánchez Arevalillo Abogados
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Buenas tardes,

Por su explicación entiendo que su pareja se marcha de la casa con el niño, y usted se queda viviendo en el piso que hasta ahora compartian, piso que es de alquiler y cuyo contrato esta a su nombre.

Siendo así, usted podría abandonar esta vivienda solicitando la rescisión de contrato de alquiler, habría que ver en que terminos y si tendría alguna consecuencia económica para usted abandonar esta vivienda.

En cuanto al menor, si esta obligado a pasar una pensión de alimentos, en su momento el juez le pondrá un regimen de visitas y dependiendo de las circunstancias, también podrían imponerle el pago del 50% del piso donde vaya a residir el menor con su madre.

Ahora mismo las opciones son muy diversas y sería necesario reunirme con usted para conocer con detalle las circunstancias y poder asesorarle de la mejor manera posible para sus intereses, puede solicitar una cita sin compromiso llamando al despacho o por correo electrónico.

Espero haber sido de ayuda y espero poder hablar con usted en mi despacho para asesorarle sobre los pasos a seguir.

Un saludo

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HERNANDO & HERRERO

HERNANDO & HERRERO

Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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El alquiler lo tendrá que pagar mientras usted viva en el piso, pero depende de su decisión. Puede cambiar a otro más barato.
Respecto a la custodia de su hijo, régimen de visitas y pensión de alimentos que deberá pasar el progenitor no custodio (el que no se quede con el niño de forma permanente), deberán establecer un Convenio, que podrá ser privado de mutuo acuerdo, en un documento privado entre ambos, también lo pueden elevar a documento público ante Notario ó solicitar ante el Juzgado.
La solicitud ante Juzgado se hará, sobre todo, si no hay acuerdo entre ustedes respecto a los puntos principales: quién se queda con la custodia del niño y qué pensión alimenticia se establece a favor del mismo por quien no se atribuya su guarda y custodia.
Estamos a su disposición para resolver su situación. Seguidamente le pasamos presupuesto para encargarnos de la solicitud de medidas paternofiliales ante el Juez (guarda y custodia y pensión alimenticia del menor).

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ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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El contrato de alquiler debe pagarse por mitad entre ambos hasta que ella decida marcharse de la vivienda. No obstante, como el arrendatario es Vd. el arrendador le reclamaría la renta a Vd. por lo que le recomiendo no deje de abonar el alquiler.
En cuanto al régimen de visitas, normalmente se establece fines de semanas alternos y alguna visita intersemanal, y la mitad de las vacaciones escolares.
Pero Vds. pueden pactar el que se considere más conveniente para su hijo.
Le recomiendo que se ponga en manos de un profesional que velará por sus intereses.
Si necesita ayuda o cualquier aclaración puede contactar con este despacho, somos especialistas en Familia y le ayudaremos. Un saludo

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SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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Estimado Señor:

Le ofrezco mi asesoría y colaboración para solucionar su situación.
Como usted bien dice dado que la casa está a su nombre usted está obligado al pago del alquiler y si su ex pareja presenta una demanda de medidas paterno filiales para que se fije la pensión de alimentos del niño y el régimen de visitas, usted estará obligado a pagar la pensión que se establezca.

Dada mi experiencia, yo siempre recomiendo intentar llegar a un acuerdo sobre todo y presentar la demanda de mutuo acuerdo, eso es lo más beneficioso para los dos.

Si le parece podemos establecer una reunión y discutir la situación personalmente.

Quedo a su disposición.

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Avin Abogados

Avin Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
Si el contrato de alquiler está a su nombre debe seguir pagándolo.
En cuanto a la pensión, deberá también pagar una pensión de mantenimiento.
Un convenio regulador debe formalizar el régimen de custodia, régimen de visitas, pensión, etc.
Hasta resolución, pueden también reclamarle el pago del alquiler de su ya ex-pareja. Para confirmarlo necesitaríamos tener más detalle.
Cuanto antes: le aconsejamos asesoría legal en este proceso dado que lo que se acuerde tendrá impacto económico y legal hasta la mayoría de edad del niño.
En Avin Abogados podremos ayudarle en la mejor solución en su interés.
Un saludo
Avin Abogados

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Cuéntanos Asesores

Cuéntanos Asesores

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes, lo primero habría que ver el contrato de arrendamiento y la posibilidad de rescindir el mismo, bien llegando a un acuerdo con el propietario o esperando a que venza la anualidad. Con respecto a su hijo tendrá que presentar un convenio regulador junto con la demanda de mutuo acuerdo o sino una demanda contenciosa si no llegan a un acuerdo. En ambas se establecerá la pensión de alimentos, el régimen de visitas, los gastos extraordinarios, etc.

Quedamos a su disposición.

Un saludo

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Tratare de ser breve en mi respuesta, si bien le recomiendo que se entreviste con un abogado cuanto antes.
1.- Deberá pagar una pensión de alimentos del niño, salvo que se establezca un régimen de custodia compartida.
2.- El alquiler de su propia casa lo paga Vd. Le recomiendo que si quiere intentar la custodia compartida tenga una casa en la que su hijo tenga un dormitorio para él.

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