¿Cómo escriturar una finca si el dueño anterior está muerto?
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Si la finca está inscrita en el registro de la propiedad, puede acudir a una notaría a realizar un acta notarial de reanudación de tracto con el fin de que usted figure como titular registral de la finca.
En caso de que la finca no esté inscrita, deberá realizar lo que se denomina inmatriculación de la finca; es decir, la inscripción por primera vez. Para ello hay varias vías en función de la documentación de que disponga.
Por último, señalarle que si desea escriturar la finca y el vendedor ha fallecido, le aconsejo que intente buscar a sus herederos con el fin de poder recabar sus datos y domicilios para el acta notarial o bien con el fin de escriturar con ellos dicha transmisión.
En su caso lo procedente es instar ante el Registro lo que se conoce como reanudación del tracto sucesivo, es decir acreditar ante el Registro que usted debe constar como adquirente por haber fallecido el anterior o anteriores. Habrá que determinar ante el Registro qué documentos piden, como un cotejo notarial de la firma del fallecido, declaración de fallecimiento, etc.
Quedo a su disposición si desea mostrarme los documentos en que funda su derecho.