¿Cómo hacerme pareja de hecho de una persona no residente en España (actualmente vivimos en Inglaterra)?
Abogado Penalista Santa Coloma de Gramenet Aranda Checa Advocat
Abogado de Santa Coloma de Gramenet especializado en Derecho Penal
En primer lugar, entiendo que usted tiene la nacionalidad española, en ese caso su pareja podrá disfrutar del régimen comunitario, para el cuál no es necesario que hagan trámite alguno para constituir-se como pareja de hecho. En la actualidad, para conseguir la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario es suficiente con ser pareja de hecho “debidamente probada”, es decir, probar la relación de afectividad. La cuestión del empadronamiento no es que sea obligatoria, sino que es la convivencia es una forma de probar la existencia de una relación de pareja, pero también serviría que pudieran probar que han vivido juntos en Inglaterra. Por último, no es necesario tener residencia legal en el estado español para poder empadronar-se, ningún ayuntamiento puede denegar la inscripción en el padrón municipal como consecuencia de la situación administrativa de una persona extranjera.
Espero haber resuelto sus dudas,
Atentamente,
David Aranda