¿Cómo podría obtener la emancipación?

Buenos días; me gustaría obtener información sobre este tema y saber claramente como sería el proceso ya que en temas personales, se hace difícil la convivencia, tanto de la otra parte como mía.
Aclaro que tengo diecisiete años y que me quedan nueve meses para cumplir los dieciocho. [Si hago esta consulta, es porque de verdad es de extrema necesidad, así que por favor requiero simplemente respuestas de profesionales que me ayudarían a tener mas conocimiento sobre este tema. Gracias. ]

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Héctor Cabieces Abogado

Héctor Cabieces Abogado

Abogado de Santander especializado en Reclamaciones de Impagados

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Buenas tardes:

La emancipación propiamente dicha se adquiere en virtud de lo dispuesto en el artículo 314 del Código Civil:

"La emancipación tiene lugar:
1.º Por la mayor edad.
2.º Por concesión de los que ejerzan la patria potestad.
3.º Por concesión judicial."

Descartada la primera, los dos últimos puntos son digamos, complicados y llevan tiempo... Lo digo porque puede que merezca la pena esperar los nueve meses hasta cumplir los 18 años, cuando se concede por la mayoría de edad.

Me imagino que el problema es más por vivir bajo un mismo techo (o no vivir en un techo propio). En este caso la emancipación no es lo que hace falta ni supondría un cambio en la vida de una persona de 17 años; eso es más bien tema de independencia económica, no de emancipación. Y a partir de 16 años, como norma general, en España se puede trabajar (hace falta consentimiento para firmar un contrato de trabajo en caso de menores de edad, sin embargo no es necesario para extinguirlo) y podría Ud. costearse un techo propio aunque estuviéramos hablando de pisos compartidos. Ello no obstante, seguiría estando sometido para otros efectos legales (creo que no relevantes para el caso que nos ocupa) a sus progenitores al ser menor de edad.

Si el asunto es muy grave -y me refiero a malos tratos, lesiones, peligro para la vida o integridad- lo mejor es denunciar ya.

Espero haber sido de ayuda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Carmen Lopez-Rendo Rodriguez. BJ Manzanares&López-Rendo
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Tienes que solicitarla en el juzgado de primera instancia de tu domicilio, con asistencia de alguno de sus progenitores, no privados o suspendidos de la patria potestad, o del tutor. Si no tienes, te tiene que nombrar defensor judicial para instar el expediente.

La cuestión es que todo este proceso aunque puede iniciarse en una semana, puede que no citen a comparecencia y no resuelvan hasta pasados 5 o 6 meses. Vamos que casi ya cuando cumpla los 18 años a lo mejor ni ha salido resolución.

Si es de Santander, existe un centro de Igualdad de l Ayuntamiento de santander sito en General davila 124(centro María Cristina) donde a lo mejor pueden ayudarla.

Si ha habido o hay malos tratos o abusos, lesiones o peligro para tu integridad, lo mejor es denunciar en el juzgado de guardia o en la policía, guardia civil, etc.

Quedamos a su disposición si precisa de nuestros servicios, un saludo.

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ABOGADO CUSTODIA SANTANDER - Carmen Maria Bueno Lopez
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Si podrías, no hay problema, es un expediente en el Juzgado de Menoresy no precisas abogado ni procurador. Tienes que poder explicar como vas a vivir, y que ingresos tienes, o con quien vas a residir. Puedes incluso pedir abogado de oficio que te asesore, y pedir información en el Servicio de Orientación jurídica de los juzgado de Santander.
Un saludo,

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