¿Cómo poner una denuncia por impago de la pensión de alimentos?
Advocat Divorci Vilafranca Sara Rius
Abogado de Vilafranca del Penedès especializado en Derecho de Familia
Apreciada señora,
Aquí hay tres temas distintos, no dispongo de toda la información, pero por los datos que ha facilitado serían los siguientes:
- En cuanto al impago de pensiones de alimentos puede instar demanda de ejecución, ahora bien, si por lo que dice su ex marido no tiene bienes y se ha declarado insolvente dificilmente los pagará. A nivel penal se le puede demandar por delito de impago de pensiones que está castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.
- En cuanto al tema de la hipoteca, lamento informarla que si usted no se preocupó en su momento de que el banco la "sacara" como deudora, el banco puede reclamarle la totalidad de la deuda (y usted más adelante demandar a su marido para reclamarle esta cantidad). Se tendría que ver como fue el proceso de subhasta porqué usted debía ser informada de todo ello oficialmente, si no fue así podría instarse la nulidad de las actuaciones.
- Por último, se puede intentar negociar con el banco, no sé si cuando se refiere a subhasta se refiere a subhasta pública o que el banco se adjudicó el piso, si es el segundo caso se puede intentar negociar la condonación por la adjudicación.
Mi recomendación sería que recopile toda la documentación y contacte con un abogado. Mi despacho está en Vilafranca del Penedès si no puede displazarse seguro que algun compañero de Viladecans la podrá atender. También puede dirigirse al servicio de orientación del colegio de abogados de Barcelona.
Saludos cordiales.
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
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1 voto útil
Buenos dias:
El tema es complejo para reducir el asesoramiento a unas pocas lineas de mail.
Para reclamar la pensión de alimentos impagada tiene dos opciones: En primer lugar iniciar un pleito judicial mediante una demanda de ejecución de la sentencia de divorcio en la cual usted reclamará todos los importes impagados y el cumplimiento de todos aquellos extremos de la sentencia que no se hayan cumplido. También tiene la opción de iniciar la vía penal, por delito de impago de pensiones (pero que la misma prospere o no, dependerá de la situación económica de su marido y de la posibilidad de pagar la deuda.
Por otro lado, tiene el tema del banco. Usted puede ponerle una demanda en reclamación de las cantidades adeudadas, pero igualmente todo va a depender de si su marido es solvente o no (dato que usted puede desconocer).
Quedo a su disposición y espero que la respuesta le haya sido de ayuda.
Un saludo,
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, en relación a la consulta que ha realizado, le informamos que en su caso, respecto el impago de pensión de la menor, usted tiene legalmente dos vías: la penal y la civil. Por la vía penal usted puede acudir al juzgado de guardia e interponer una denuncia en tales términos. Por la vía civil, en el procedimietno de divorcio en el que se dictó sentencia, mediante su abogado y procurador interponer demanda ejecutiva a fin de que el jzugado le requeira para que pague o le embarguen. En cuanto al tema hipotecario resulta más complejo pues si usted consta como cotitular, es responsable solidaria y por tanto debe responder de la deuda. Si bien, en este caso sería muy recomendable que lo antes posible se pusiese en manos de un profesional para poder ayudarle en este asunto. Esperamos haberle sido de su ayuda. Para cualqueir consulta no dude en contactar con nuestro despacho, Nuestro profesionales estarán encantados de ayudarla. Saludos.
ABOGADO PENAL SABADELL Joaquim M. Zuriaga
Abogado de Sabadell especializado en Derecho Penal Común
Su caso contiene diversas peticiones
1. INCUMOLIMIENTO PENSION ALIMENTOS mediante demanda de ejecucion de seentencia via civil. Conforme al codigo civil catalan solo podra reclamar un maximo de los 3 ultimos a;os, ya que los anteriores han prescrito.
2. HIPOTECA si ha sido subastada debe haberse inciado con una demanda de titulos no judiciales de la cual debe haber sido debidamente notiuficada para ejrcer su derecho a oposicion en el plazo de 20 dias. Si se trata de vivienda habitual el banco esta obligado a adjudicarsela por un determinado porcentaje del 60 o 70 %, dbeian estudiarse determinadas circunstancias, pero nunca debe quedar desierta.
EMBARGO los primeros 650 E aprx.,salario minimo interprofesional, son inembargables, de los siguients 650 se embarga un 30%.
Quedo a su disposicion si lo considera oportuno. Saludos.
Abogado de divorcios Express online en Barcelona - Divortium
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes,
Según la información que nos ha facilitado entendemos que antes de iniciar la vía penal, sería conveniente reclamar por la vía civil las cantidades debidas interponiendo una demanda ejecutiva.
Dada la gravedad del asunto y ante un asesoramiento más detallado le invitamos a ponerse en contacto con nosotros en el botón verde situado abajo.
Buenas tardes,
¿La vivienda ya fue subastada y ha sido adjudicada?
Si lo desea desde nuestro despacho podemos averiguar si se la adjudicó alguien en subasta, quién, si existe un dinero sobrante o si podemos negociar, somos especialistas en estos asuntos.
Quedamos a su disposición,
PEDRALBES ABOGADOS
Abogada Divorcios Sant Boi de Llobregat Bufete Ferrer
Abogado de Sant Boi de Llobregat especializado en Derecho de Familia
sra.,
Lo que debe hacer es instar una EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE DIVORCIO reclamando las cantidades que le adeuda.
Reciba un cordial saludo.
Debe denunciarlo a los Mossos de Escuadra.
El Banco solamente le podrá embargar si cobra más de 1.146€ mensuales .
Un saludo