¿Cómo quitar una orden de alejamiento, antes de que se celebre el juicio?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
1. Si se acordó una orden de alejamiento es porque se consideró que había una situación objetiva de peligro, por lo que todo lo que haga hasta el juicio es más que probable que no sirva para nada y puede ser incluso desaconsejable si va por libre, por lo que le recomendamos que hable con el abogado de su marido para preparar el juicio y que se concentre en ese trámite siguiendo sus indicaciones si quiere ayudarle; 2. El juicio no lo puede anular; 3. En estos juicios la sentencia no suele tardar y se suele dictar muy pronto; 4. La renovación de permisos de residencia puede producirse incluso teniendo antecedentes penales, aunque siempre es mejor no haber sido condenado por un delito así, ya que puede ser denegada la renovación por ese motivo si se le condena a prisión por tiempo superior al año y eso motivar que tenga que recurrir la denegación de la renovación del permiso o su extinción por haber sido condenado a una pena así. Si desea nuestro asesoramiento, pidamos un presupuesto.
Apreciada señora,
Le será muy difícil retirar la orden de alejamiento pues piense que en estos procedimientos interviene el ministerio fiscal, Y al tratarse de un asunto de violencia de genero existe una gran alarma social y difícilmente se revocará la medida de orden de alejamiento, pues el principio que rige es el de garantizar su seguridad.
La ley es muy estricta en estos casos, y los jueces en ningún caso pueden dudar en acordar estas medidas, pues no pecan de incautos ni de ingenuos, ya que nunca tienen que poder pensar en el futuro sobre lo que pudo haber sido y no fue.
Precisara de un abogado que le asista en su declaración, si no conoce ninguno le nombraran uno de oficio. Lo mismo que su marido
Si en algo en el preciso no dude en llamarme.
Un abrazo, salud y suerte.
Como víctima (o posible víctima) de un delito de malos tratos o violencia de género ya le han debido asignar un abogado del turno de oficio para que le asista, si no lo hubieran hecho puede usted acudir al colegio de abogados para que le informen. Acuda a este profesional que sin lugar a dudas sabrá aconsejarle para este o cualquier otra duda que tenga al respecto.
Un saludo.