¿Cómo se puede ejercer la defensa ante una ejecución forzosa en procesos de familia?

Buenos días.

Mi marido no paga el 50 % de la hipoteca de la vivienda familiar que tiene su ex-mujer e hija en uso, si el 50 % del seguro e ibi porque le es matemáticamente imposible.
La otra parte le puso una ejecución, la amplió, y ahora se ha acabado la última y nos consta que va a pedir de nuevo que le embarguen.
Ella también le debe dinero de algo también reglado en sentencia.
¿Qué debemos o podemos hacer para que en este nuevo embargo se le descuente lo que ella le debe?
Por otro lado, está especificado en sentencia que él debe pagar el 50 % pero tengo entendido que en un pago de hipoteca uno es solidario con el otro.
¿Podemos hacer algo para que no le embarguen y cuando haya liquidación de bienes él lo pague con la venta de la casa?

Gracias y un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Puede interponer una demanda de modificación de medidas justificando la situación actual que tiene, así como que han variado las circunstancias desde que se dictó la sentencia.
También puede intentar una liquidación de gananciales, de forma que a través de la adjudicación de la vivienda, se libere del pago de los gastos derivados de la vivienda.
Nosotros somos partidarios de intentar un acuerdo, que siempre es más economico que seguir con procedimientos judiciales.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo mejor siempre en estos casos es pactar, pero si eso es imposible cada uno está en su derecho de pretender que la sentencia que fue dictada sea cumplida si no lo es, por lo que al igual que la otra parte ha reaccionado reclamando lo que cree que le corresponde, se tendría que hacer lo mismo en trámite de oposición o promoviendo una nueva ejecución, sin perjuicio de poder valorar también la viabilidad de una posible modificación de medidas. Por ello, lo mejor es que hablen con un abogado, ya que en todos los procedimientos mencionados se requiere siempre su intervención.

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Buenos días, si no responde a los pagos y le embargan, no podrá paralizar el embargo de sus bienes. En ese caso, lo que deberá hacer es una modificación de medidas definitivas solicitando la reducción de los pagos debido a los ingresos, en la demanda deberá exponer sus ingresos para ver la modificación de los mismos. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho, donde detallaremos su caso. Reciba un cordial saludo.

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Tendría que estudiar la sentencia dictada en el procedimiento de ejecución y proceder urgentemente a iniciar los tramites de la liquidación de gananciales. También puede interponer una modificación de medidas acreditando q no puede hacer frente a los pagos.
Quedo a su disposición.

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Abogado Divorcio Fuenlabrada Sánchez Arevalillo Abogados
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Buenas tardes, sería necesario plantear una modificación de medidas para tratar de reducir las cargas económicas que actualmente tiene su marido, además de solicitar la liquidación del régimen de gananciales, y tras el estudio de sentencia ver si es posible solicitar una compensación de deudas.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Si no paga no podrá evitar el embargo de bienes que sean embargables.
Para oponer las deudas que tenga la otra parte tendrán que oponerse o bien presentar otra demanda por su parte.

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